El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló la designación de Edwin Palma Egea, el actual ministro de Minas y Energía, como agente especial de la empresa de energía Air-e, intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
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Así las cosas, el tribunal declaró la nulidad de la Resolución No. 20241000690855 del 25 de octubre de 2024, expedida por la Superservicios, que había designado a Palma Egea. Esto debido a que el hoy ministro no acreditó la experiencia suficiente para ocupar dicho cargo en el que estuvo hasta finales de febrero de este años.
“Luego de analizar los antecedentes, el Tribunal concluyó que, aunque el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene facultades discrecionales para realizar designaciones en procesos de toma de posesión, esa discrecionalidad no lo autoriza a nombrar personas que no cumplan con los requisitos mínimos de experiencia previstos en la ley y en las resoluciones internas de la entidad”, señalaron.
De acuerdo al tribunal, Palma Egea no acreditó experiencia en el sector de los servicios públicos domiciliarios, ni cumplía los criterios técnicos exigidos para el cargo de agente especial de una empresa catalogada como de Categoría 1, como lo es Air-e.
En consecuencia, el Tribunal determinó que la resolución de la Superservicios fue expedida con “infracción de las normas en que debía fundarse”, al no verificarse el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos establecidos por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y dos resoluciones más.
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La decisión responde a una acción de nulidad electoral presentada por Sara Yesenia Molano Piñán, quien argumentó que el acto administrativo estaba viciado de nulidad por haberse expedido con infracción de las normas que regulan los requisitos de experiencia e idoneidad para ocupar dicho cargo.


