La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que amparó el derecho a la libertad de Álvaro Uribe Vélez y dejó sin efecto la orden de detención inmediata dictada el pasado 1 de agosto por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.
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Con esta decisión, el expresidente, condenado en primera instancia a 12 años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal, seguirá en libertad mientras se resuelve la apelación del fallo condenatorio.

La Sala Penal del alto tribunal analizó de fondo las motivaciones de la jueza Sandra Heredia y concluyó que no cumplían con el estándar constitucional requerido para restringir el derecho fundamental a la libertad.
El caso que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe
El caso tuvo sus antecedentes en 2012, cuando el entonces senador Iván Cepeda presentó en el Congreso denuncias y testimonios de exparamilitares sobre presuntos vínculos de Uribe con grupos armados ilegales.
Años después, en 2018, la Corte Suprema archivó una denuncia presentada por Uribe contra Cepeda por manipulación de testigos y, en cambio, abrió una investigación formal contra el expresidente.
En agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, lo condenó a 144 meses de prisión domiciliaria como responsable de soborno en actuación penal y fraude procesal.

La jueza ordenó su detención inmediata, argumentando que era necesaria para “la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos” y para enviar un mensaje ejemplarizante a la sociedad. Además, advirtió un riesgo de fuga por el reconocimiento público del exmandatario.
La defensa, encabezada por el penalista Jaime Granados, interpuso una tutela alegando violación al debido proceso y al derecho a la libertad personal. El Tribunal Superior de Bogotá le dio la razón el 19 de agosto y dejó sin efecto la detención, decisión que fue apelada por las víctimas y la Fiscalía. Esa impugnación llegó a la Corte Suprema, que este 18 de septiembre confirmó el amparo.
Los argumentos de la Corte Suprema
Tras estudiar el caso, la Sala Penal concluyó que las razones expuestas por la jueza de primera instancia no justificaban la restricción inmediata de la libertad de Uribe. Estos son los cinco puntos centrales del fallo:
1. Falta de razonabilidad y proporcionalidad
La Corte indicó que no se explicó de forma clara por qué era indispensable privar de la libertad al exmandatario. Aunque se mencionaron la convivencia ciudadana y el efecto disuasivo, no hubo un análisis concreto que demostrara la proporcionalidad de la medida. “Tales principios no son muletillas lingüísticas, mucho menos palabras vacías”, señaló la sentencia.
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2. Argumentos vagos y genéricos
El tribunal advirtió que las razones expuestas se apoyaron en percepciones sociales, la confianza institucional y la credibilidad colectiva. Estos factores, por su carácter indeterminado, no constituyen un fundamento tangible ni verificable para ordenar una captura.
3. Ausencia de evaluación de circunstancias de punibilidad
La Corte encontró que no hubo un estudio de factores como el arraigo social, el comportamiento procesal de Uribe ni otros elementos que pudieran servir para valorar si existía riesgo real de fuga. Aunque se mencionaron maniobras dilatorias, no se detalló en qué consistieron ni cómo incidieron en el proceso.
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4. Fundamentación aparente
Para el alto tribunal, la jueza presentó explicaciones formales que no alcanzaban a justificar una medida tan restrictiva. Recordó que la motivación debe ser real y jurídicamente debatible, y no limitarse a frases que carecen de sustento. De lo contrario, advirtió, se convierte en un simple formalismo incapaz de garantizar un debate judicial íntegro.
5. Incompatibilidad con el modelo constitucional
La Sala concluyó que la detención inmediata de Uribe no se ajustaba a un modelo constitucionalmente admisible de motivación. Por ello, confirmó el amparo de tutela y remitió el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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Según la Sala Penal, la decisión no presentó una fundamentación real ni jurídicamente debatible, sino explicaciones formales que se reducían a un “mero formalismo”.
Esta falta de motivación, concluyó el tribunal, impide garantizar un escenario de confrontación judicial completo y convierte la privación de la libertad en una medida incompatible con los estándares constitucionales.
Estas son las implicaciones del nuevo fallo de la Corte en el caso de Álvaro Uribe
Con este fallo, Uribe podrá continuar en libertad mientras se resuelve la apelación de la condena, que está en manos del Tribunal Superior de Bogotá.
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Además, el expediente será remitido a la Corte Constitucional, que podrá decidir si selecciona la tutela para revisión y, eventualmente, fijar jurisprudencia sobre los límites de la libertad en procesos penales en curso.