El exceso de velocidad por parte de conductores de distintos tipos de vehículos representa un grave riesgo para la vida de los ciudadanos que diariamente hacen uso de las vías del país. De hecho, esta es una de las principales causas de siniestralidad vial en Colombia, según datos del Ministerio de Transporte.
Sin embargo, la ley colombiana también sanciona la conducción lenta en algunos casos. El Código Nacional de Tránsito establece que la disminución de velocidad igualmente puede causar graves accidentes de tránsito.

La normativa se refiere específicamente a los casos en los que se utiliza el carril izquierdo para adelantar vehículos.
Esto porque en vías de doble sentido el tránsito de vehículos en Colombia siempre se debe efectuar por el carril derecho, y el otro o los demás carriles se ocupan para maniobras de adelantamiento, que siempre se han de realizar por el carril izquierdo del vehículo a adelantar.
En ese sentido, la infracción C.25. del Código Nacional de Tránsito establece la prohibición de “transitar, cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos”.
Es decir, el conductor que realiza la maniobra de adelantamiento por el carril izquierdo no debe ir a una velocidad muy baja porque puede ocasionar un accidente con los vehículos que vienen detrás con un ritmo mayor, sin incurrir en exceso de velocidad.

El Código Nacional de Tránsito indica que el conductor y/o propietario de un vehículo que incurra en esta infracción puede ser sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), que equivalen a unos $604.100 en 2025.
Esta misma sanción aplica para quienes conduzcan un vehículo a velocidad superior a la máxima, permitida, aquellos que no atiendan una señal de ceda el paso y quienes dejen y recojan pasajeros en sitios distintos de los demarcados por las autoridades, entre otras prohibiciones.