En búsqueda de un hombre están las autoridades del departamento de Antioquia luego que este fuera captado maltratando a un caballo que fue amarrado a la parte trasera de una camioneta en movimiento mientras era llevado a una velocidad acelerada.
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El hecho fue captado en un video grabado por un ciudadano que también transitaba por el corredor vial que conecta los municipios de Guatapé y El Peñol el pasado domingo 13 de julio.
En el breve clip se ve al equino desesperado por mantener el paso que le impone el conductor del vehículo Toyota de placas QEF-865. Tanto así que el animal invade el carril contrario intentando ir a la misma velocidad.
En redes sociales varias organizaciones defensoras de animales exigieron a las autoridades individualizar a la persona que conducía la camioneta y tomar medidas correctivas en su contra para que responda por los maltratos infringidos al caballo.
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Asimismo, le piden a las alcaldías de los municipios de Guatapé y El Peñol que se pronuncien al respecto, así como a la Policía Ambiental y la Secretaría de Medio Ambiente de la Gobernación de Antioquia.
Y es que de encontrarse culpable de los hechos, el sujeto en mención podría enfrentarse a penas de cárcel así como a multas, tal como lo establece el Código Penal colombiano.
En Colombia, el maltrato animal se considera un delito penal y está regulado por la Ley 1774 de 2016. Esta legislación establece sanciones para quienes causen daño, lesiones o la muerte a animales domésticos, amansados, silvestres vertebrados o exóticos vertebrados, ya sea por acción u omisión.
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El artículo 339A del Código Penal establece las sanciones para el maltrato animal que hace referencia a cualquier conducta que cause la muerte o lesiones que menoscaben gravemente la salud o integridad física de un animal.
Las sanciones pueden acarrear la cárcel y de encontrarse culpable los procesados pueden enfrentar una pena de entre12 a 36 meses. Asimismo, se estipula una multa de entre los 5 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
También contempla la inhabilidad especial para ejercer profesión, oficio o comercio relacionado con animales, de 1 a 3 años.
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El Código Penal especifica unos agravantes en casos de sevicia, cuando el maltrato se realiza con crueldad o ensañamiento; actos públicos, si el maltrato ocurre en un lugar público o en presencia de menores; abuso sexual, si el maltrato incluye actos sexuales con el animal.
Y si el delito fue cometido por parte de un servidor público también se le considera como agravante lo que aumenta las sanciones. Además, cuando, como consecuencia del maltrato infligido al animal, este cause daños o afectaciones a otros animales o a seres humanos, como ataques o transmisión de enfermedades.