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Existió una Colombia, no tan antigua ni tan opuesta, donde los crímenes contra mujeres por motivos de género no tenían nombre ante la ley. Los perpetradores de la peor forma de violencia machista, esa sí inmemorial, lograron camuflarse durante siglos como homicidas y gozar de una impunidad normalizada a nivel social y sellado en lo legal.

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La primera vez que el feminicidio se incluyó en el Código Penal colombiano fue en diciembre de 2008, en calidad de agravante del delito de homicidio. En esa fecha, la Ley 1257 dictó 'normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres' y adicionó el numeral 11 al artículo 104 de la Ley 599 de 2000 para revestir de gravedad la conducta punible de homicidio en caso de que 'se cometiere contra una mujer por el hecho de ser mujer'.

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De esta manera, el Estado atendió por primera vez una realidad atroz que cobra cientos de vidas al año. Comenzó a volverse evidente en la legislación colombiana que, además de ser necesario, era urgente e impostergable definir una postura estatal frente a este tipo de asesinatos, que no son otra cosa que la mayor de las consecuencias de la violencia misógina.

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Pero no fue sino hasta el año 2012 que se impuso con tenacidad la idea de que el feminicidio debía convertirse en un delito independiente, con un tratamiento penal distinto al del homicidio. El crimen de Rosa Elvira Cely, cometido por Javier Velasco en mayo de ese año, motivó el proyecto de ley que finalmente dotó de gravedad, proporción y seriedad al asesinato de mujeres en el país.

El feminicidio de Rosa Elvira Cely

Rosa Elvira Cely, entonces de 35 años, estudiante de bachillerato, vendedora ambulante y madre de una niña de 12, fue brutalmente agredida en la madrugada del 24 de mayo de 2012, luego de salir de la institución educativa donde validaba sus estudios de educación media en horario nocturno, en Bogotá. Javier Velasco, compañero de clases de Cely, la llevó hasta el Parque Nacional y allí la golpeó, abusó sexualmente de ella, le propinó varias puñaladas, la empaló, estranguló y torturó.

Rosa Elvira hizo dos llamadas a la línea de emergencia 123, a las 4:47 y a las 4:50 a. m., para pedir ayuda y dos horas después fue encontrada en graves condiciones. Durante cuatro días luchó por su vida en la Unidad de Cuidados Intensivos, pero finalmente murió el 28 de mayo.

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Rápidamente se comenzaron a conocer indignantes detalles sobre el asesino que dejaban muy mal paradas a las autoridades, y con ellos la dolorosa certeza de que el de Rosa Elvira fue un crimen que se pudo evitar. Para la fecha del feminicidio, Javier Velasco tenía una orden de captura vigente por acceso carnal violento contra sus dos hijastras menores de edad en 2007. Antes, en 2003, asesinó de 22 puñaladas a Dismila Ochoa, pero solo estuvo preso 15 meses porque un examen psiquiátrico de Medicina Legal lo declaró inimputable. Además, en agosto de 2008 había abusado de una trabajadora sexual en Bogotá.

La negligencia y omisión del Estado, que permitió a Velasco incurrir varias veces en los mismos delitos contra mujeres, así como la falta de agilidad en la atención de Rosa Elvira Cely después de la agresión, puso en evidencia la flaqueza de las leyes en Colombia para proteger a las mujeres.

En qué consiste y cómo se creó la Ley

En diálogo con EL HERALDO, la abogada penalista Lucía Karina Padilla Santamaría manifestó que para conocer a detalle el tratamiento que se le ha dado al feminicidio en Colombia y en el mundo hay que remontarse a antecedentes históricos.

'Desde 1979 en el mundo se venía hablando del término 'feminicidio'. La primera vez que se tuvo conocimiento de ellos fue cuando la activista Diana Russell denunció ante el Tribunal Internacional de crímenes una serie de muertes de mujeres', explicó la abogada.

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De cara a los hechos históricos, la experta continuó contextualizando: 'en 1993, en la convención de Belém do Pará en Brasil, que tenía como objetivo crear un instrumento jurídico para sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, se tocó nuevamente el tema. Finalmente en 1995, en la Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, se adoptó ya este concepto de 'feminicidio' para identificar aquellos crímenes contra las mujeres por el solo hecho de ser mujer'.

En el caso de Colombia, en medio de la lucha contra la impunidad y la recién visibilizada urgencia de eliminar la violencia contra las mujeres, en 2013 fue radicado en el Congreso de la República un proyecto de ley que buscaba tipificar el feminicidio como un delito autónomo en el Código Penal. La aprobación llegó el 6 de julio de 2015, fecha que marcó la historia del país en materia penal.

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Se trata de la ley 1761 de 2015 o también conocida como la ley Rosa Elvira Cely, que tiene por objeto 'tipificar el feminicidio como un delito autónomo para garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación, así como prevenir y erradicar dichas violencias y adoptar estrategias de sensibilización de la sociedad colombiana, en orden a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias que favorezca su desarrollo integral y su bienestar, de acuerdo con los principios de igualdad y no discriminación'.

Desde entonces, el Código Penal, en su artículo 104A, establece que 'quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses'.

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'La ley del feminicidio es un proceso que está en curso y que su efectividad puede variar según los diferentes factores, incluyendo la capacidad del sistema judicial para enfrentarla, los recursos con los que cuente y, sobre todo, la sensibilización de los operadores de justicia con relación a la violencia de género, más aún en aquellas zonas apartadas del país donde históricamente la mujer ha sido ultrajada desde su hogar y ha sido vista como un mero instrumento, donde se ha normalizado cualquier tipo de violencia en contra de la mujer y donde se se ha enfatizado en la discriminación por situaciones de identidad de género', explicó Padilla.

Para la abogada, sin duda alguna el caso de Rosa Elvira Celis fue esa gota que rebosó la copa y que permitió que el legislador expidiera la ley 1761 de 2015.

'Se crea el feminicidio ya no como un agravante del homicidio, como venía contemplado por la 1257, sino como un delito autónomo que conlleva tener penas independientes y además mucho más severa, para quienes lo lleguen a cometer. Esta ley reconoce la gravedad y la particularidad de este tipo de crimen y busca asegurar que los responsables sean juzgados y sancionados de manera adecuada. El feminicidio en la actualidad no contempla la posibilidad de algún beneficio de la rebaja de pena', argumentó la jurista.

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Seis circunstancias para procesar un crimen como feminicidio

Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial que antecedió el crimen contra ella.

Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.

Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer, expresado en la jerarquización personal, económica, sexual, militar, política o sociocultural.

Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo.

Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar por parte del sujeto activo en contra de la víctima o de violencia de género cometida por el autor contra la víctima, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no.

Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad de locomoción, cualquiera que sea el tiempo previo a la muerte de aquella.

'Solamente podemos hablar de feminicidio cuando esa muerte que se le ha causado a esa mujer está motivada por su condición de ser mujer, por la identidad de género de la víctima o cuando se pretende ocasionar terror. Además de la relación de poder que puede existir en su contra, jerarquía personal, las circunstancias económicas, familiares, culturales o sociales, únicamente en esos casos, podríamos hablar de feminicidio, si no se enmarca dentro de estas situaciones sin duda alguna estamos frente a un homicidio', precisó Padilla Santamaría.

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Según Padilla, era necesario tratar el delito feminicidio de manera independiente porque al tramitarlo como un agravante del homicidio se estaba generando impunidad y desconociendo la violencia de género por la cual históricamente la mujer ha sido víctima.

'De esta forma se podría visibilizar prevenir y sancionar de manera efectiva esa violencia de género y, de igual forma, también proteger los derechos de las mujeres promoviendo la igualdad de género en la sociedad. Prevenir, además, a través de políticas públicas, programas de sensibilización y capacitación o realizar la aplicación de las penas más severas para los perpetradores de estos atroces crímenes', dijo la abogada.

¿La ley ha sido suficiente?

El exmagistrado auxiliar de la Corte Constitucional y actual director del Consultorio Jurídico de la Universidad del Norte, Juan Barrero Berardinelli, explica que el feminicidio pasó a ser un delito autónomo cuando, muy tarde, se concluyó que este 'tiene unos ingredientes normativos específicos, que se dan ciertas características en la comisión de ese tipo penal, y que a la vez, por la gravedad del caso, la sociedad le da la más drástica de las sanciones penales que pudiese haber para enviar un mensaje de protección de la mujer frente a este delito'.

Tras nueve años de creada la ley, Barrero considera que todavía falta mucho para lograr un impacto real en materia de prevención de feminicidios en el país.

'En Colombia se expiden a veces leyes de manera coyuntural y sin un suficiente trabajo de políticas públicas posteriores, es decir, el hecho de que se expida una ley y se haga un control de constitucionalidad está muy bien, pero también el Estado tiene una obligación de llevar a cabo políticas públicas en las que, en protección del tipo penal que se crea, haya campañas de prevención, campañas pedagógicas en todos los niveles de todos los estamentos sociales, para poner en conocimiento de la población sobre el importante contenido de esta ley', dijo en diálogo con EL HERALDO.

En ese mismo sentido, la abogada penalista Lucía Karina Padilla consideró que si bien se han logrado avances importantes en la protección de las mujeres en Colombia, aún queda mucho por hacer para garantizar que todas puedan vivir en un ambiente libre de violencia y disfrutar de los derechos fundamentales en igualdad de condiciones.

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'La violencia sigue siendo un problema grave y persistente en nuestra sociedad, se requieren acciones adicionales para abordarlo de manera definitiva. Esas acciones podrían ser políticas públicas y programas de sensibilización, un cambio en la formación de valores en nuestro hogar. Porque de nada sirve una proliferación de normas que impongan penas altas si seguimos formando personas que sigan viendo a la mujer como un instrumento, como un ser inferior, como un ser humano que debe soportar cualquier situación que provenga de un hombre o su relación de superioridad sobre ella, bien sea por razones sociales, económicas y culturales', enfatizó la jurista.

No obstante, Padilla precisó que este delito no distingue estratos socioeconómicos y Colombia ha sido testigo de feminicidios o tentativas desde los niveles más altos hasta los más bajos.

'Cada derecho que tenemos hoy las mujeres han sido el resultado de fuertes luchas y la ley del feminicidio no es la excepción. Tristemente, podríamos decir que debieron morir muchísimas mujeres en manos de sus agresores para que en Colombia los legisladores giraran su rostro sobre esta problemática que, a pesar de tener penas tan altas, sigue presentándose de manera constante', detalló la experta.

Cifras de feminicidio

La Procuraduría General de la Nación informó en febrero pasado que durante todo el 2023 un total de 525 mujeres fueron víctimas de feminicidio en el territorio nacional, según el Reporte Dinámico de Feminicidios Colombia. Además, el ente reportó 848 alertas por riesgo de feminicidio emitidas el año anterior.

En el mismo pronunciamiento, el Ministerio Público alertó sobre el violento comienzo de año para esta población en el país, pues solo en enero al menos 21 mujeres fueron víctimas de feminicidio, dos de ellas menores de edad; en 11 de estos casos los agresores fueron presuntamente su pareja o expareja sentimental.

Líneas de atención para alertar sobre violencia contra la mujer

A nivel nacional existen tres líneas gratuitas, desde cualquier operador, para atender casos de violencia de género:

La 155 es una línea de atención de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer operado por la Policía Nacional, está disponible las 24 horas y ofrece orientación a mujeres víctimas de violencia basada en género.

'Quienes se comuniquen serán atendidos bajo reserva por personal especializado que les brindará información clara y completa sobre: derechos de las mujeres, tipos de violencias de los cuales puede ser víctimas, orientación para hacer una denuncia, atención jurídica y en materia de salud, oferta institucional dispuesta por el Gobierno Nacional y mecanismos en marcha para prevenir, minimizar y eliminar las violencias contra las mujeres', indica la Consejería.

Asimismo, existe la línea de emergencias 123 de la Policía Nacional, también gratuita desde cualquier celular y disponible las 24 horas del día durante todo el año.

La Fiscalía General de la Nación también cuenta con la línea 122 para denuncias de violencia intrafamiliar, violencias basadas en género y violencia sexual.

A nivel local, la Gobernación del Atlántico ofrece la línea violeta #702, que ofrece atención de casos de violencia de género, brinda atención jurídica y psicológica a mujeres que lo requieran de forma gratuita y en cualquier momento del día.