Este martes 26 de diciembre se conoció que el presidente Gustavo Petro firmó el decreto 2192 de 2023, que tiene que ver con 'reglamentar las medidas orientadas a la reducción de la producción y consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional'.
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Para entender el decreto, hay que recordar cuáles son los llamados plásticos de un solo uso. Esto se refiere los productos de plástico que no han sido desarrollados para realizar múltiples circuitos, rotaciones o usos a lo largo de su ciclo de vida, independientemente del uso repetido que le otorgue el consumidor.
Algunos de los llamados plásticos de un solo uso son: platos, bandejas y cubiertos desechables, confeti, manteles y serpentinas, envases o empaques y bolsas para domicilios, láminas para servir o empacar alimentos de consumo inmediato, bolsas de punto de pago, soportes para globos, rollos de bolsa, mezcladores, agitadores, pitillos, soportes de copitos, bolsas para publicaciones impresas y publicidad, entre muchos otros.
Del decreto habla de la prohibición de ingreso de plásticos de un solo uso en las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Sistema Regional de Áreas Protegidas y en los humedales de importancia internacional (RAMSAR), ecosistemas de páramos, marinos sensibles y reservas de biósfera.
'Este es un paso muy importante porque los plásticos de un solo uso, son el principal contaminante de nuestros ecosistemas. El decreto le da competencias al ministerio de Ambiente y de Vivienda para fortalecer las organizaciones de recicladores en la cadena de manejo del plástico' señaló la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.
Se advierte que, respecto a las comunidades que viven en las zonas mencionadas, podrán ingresar este tipo de plásticos para atender sus necesidades personales, sin que esto incluya una comercialización de los productos. Se les exigirá a dichas comunidades que aseguren la recolección de la totalidad de los plásticos y su disposición fuera de las áreas protegidas.
{"titulo":"Colombia sacará del mercado 14 tipos de productos plásticos de un solo uso","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/minambiente-firmo-pacto-para-sacar-del-mercado-colombiano-14-tipos-de-productos-plasticos"}
El decreto también establece medidas para alcaldías y gobernaciones, instando a estas a la creación de Planes de Gestión de Residuos 'que permitan la formalización del oficio de los recicladores, como actores fundamentales en la cadena de valor del plástico de un solo uso, que involucren la formalización de empresas transformadoras de plásticos de un solo uso, además de incluir una oferta para el desarrollo tecnológico y sostenible del sector'.
Asimismo, lo emitido estimula la formalización de aquellas empresas transformadoras de plástico y pide al Ministerio de Ambiente definir las condiciones que deben cumplir los productos plásticos de un solo uso 'para ser considerados biodegradables y/o compostables en condiciones ambientales naturales'.
La medida acarrea sanciones entre los 100 y 50.000 SMMLV para quienes incumplan el decreto y contaminen con plásticos de un solo uso, las áreas protegidas del país.
Además, el decreto señala que 'en aquellas áreas con vocación turística, la autoridad responsable deberá instalar vallas o anuncios visibles en los sitios de ingreso y brindar información a través de los canales oficiales, advirtiendo sobre esta prohibición y la adecuada gestión de los residuos sólidos'.





















