La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia resolvió aceptar la recusación hecha por el exembajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti, en contra de la magistrada de este alto tribunal Cristina Lombana en medio de un proceso que cursa contra el exfuncionario.
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De acuerdo a lo expuesto por la Corte en su respuesta a Benedetti, Lombana no tenía competencia para actuar dentro del proceso que se adelanta contra el también exsenador por presunto enriquecimiento ilícito.
'Se dispone separar del conocimiento de la presente actuación a la magistrada LOMBANA VELÁSQUEZ y la misma pasará a conocimiento, para continuar con la instrucción, al funcionario correspondiente, de acuerdo a la reglamentación que la Sala tiene diseñada para tales efectos', se lee en el escrito en el que se determinó la decisión.
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Uno de los argumentos de la defensa de Benedetti era que la magistrada había incurrido en ciertas irregularidades, una de ellas es la pérdida de competencia de la Corte Suprema de Justicia para continuar con la investigación.
La Corte encontró que una vez que Benedetti fue designado como embajador, la competencia para investigarlo pasó a ser de la Fiscalía. Sin embargo, pese a que Lombana Velásquez ya no tenía la competencia para actuar en el proceso envió a uno de sus funcionarios a inspeccionar en el ente acusador el expediente para conocer las nuevas decisiones reservadas que se habían adoptado en el proceso.
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A pesar de que Gabriel Jaimes, fiscal designado al caso, insistía en que la magistrada ya no era competente en la investigación, la togada tuvo acceso al expediente y por ende a las decisiones adoptadas.
Por esto Lombana le ordenó a la Comisión de Disciplina que investigara a Jaimes porque consideraba que el fiscal estaba desestimando pruebas que 'claramente tenían vocación de sustentar los cargos' contra Armando Benedetti.
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