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Carlos Hernán Rodríguez radicó una acción de tutela ante el Consejo de Estado contra la Sección Quinta de ese tribunal por el fallo que declaró la nulidad de su elección como Contralor General de la República para el período 2022-2026.

{"titulo":"Consejo de Estado confirmó nulidad de la elección de Contralor ","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/consejo-de-estado-confirmo-nulidad-de-la-eleccion-de-carlos-rodriguez-1007245"}

En el documento, Rodríguez alega que la decisión de la Sección Quinta vulnera sus derechos a ser elegido y a acceder a cargos públicos, al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia.

'En primer lugar, para esta instancia del análisis existen dudas razonables sobre los argumentos utilizados por la Sección Quinta del Consejo de Estado para declarar la nulidad de mi elección. Sin embargo, no es constitucionalmente admisible que a una persona se le restrinja su derecho a acceder a cargos públicos cuando no existe plena certeza de que la autoridad judicial procedió correctamente al limitarlo', se lee en el documento de tutela.

{"titulo":"'Apenas va a iniciar mi pelea para el respeto de mis derechos': contralor","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/contralor-anuncio-que-solicito-aclaracion-al-consejo-de-estado-por-la-nulidad-de-su"}

Además, resaltó que él obtuvo el mejor puntaje en la prueba de conocimientos realizada por la Universidad Industrial de Santander (UIS) y quedó en el quinto lugar en la evaluación de la hoja de vida.

Cabe recordar que la Sección Quinta del Consejo de Estado argumentó en la sentencia del 25 de mayo que la Mesa Directiva del Congreso de la República introdujo cambios sustanciales a los criterios y valores fijados en la convocatoria inicial del proceso de elección.

{"titulo":"'Acato las decisiones': Carlos Rodríguez tras su anulación como contralor","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/el-saliente-contralor-carlos-rodriguez-aseguro-que-respeta-y-acata-la-decision-del-consejo"}

Estos 'fueron injustificados y variaron de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes, luego de que ya se conocían los resultados de las pruebas de conocimientos y de la evaluación de las hojas de vida, actividad adelantada por la Universidad Industrial de Santander, en la primera fase de la elección. Por lo tanto, se afectó la objetividad y legalidad del proceso electoral. Además, se desconoció la inmodificabilidad de las convocatorias sin razón válida'.

Sobre este punto, Carlos Hernán Rodríguez indicó en su acción de tutela que '(...) se explicó con amplitud que la modificación de la ponderación de los criterios de selección y la elaboración de la tercera lista de elegibles en nada incidieron el resultado de la elección ni afectaron los derechos fundamentales de quienes participaron en el proceso'.

Asimismo, señaló que la magistrada Rocío Araújo Oñate debía declararse impedida para estudiar su caso porque tenía un familiar laborando en la Contraloría.

{"titulo":"Petro tilda de 'golpe blando' las recientes decisiones del Consejo de Estado","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/petro-tilda-de-golpe-blando-los-recientes-fallos-del-consejo-de-estado-que-anularon-la"}

'El cargo de la hermana de la magistrada Rocío Araújo Oñate estaba adscrito a mi Despacho -en mi calidad de Contralor General de la República- y era de libre nombramiento y remoción. Así las cosas, cualquiera fuere el resultado del proceso, tenía la capacidad de incidir o afectar la estabilidad laboral de la señora María Juliana Araújo Oñate en tanto su cargo dependía directamente de la persona cabeza de la entidad. En ese contexto, dicha circunstancia se interpreta como un interés directo en el resultado del caso, lo que daba lugar a la configuración de la causal', dice la tutela.

Rodríguez solicitó al Consejo de Estado adoptar una medida provisional que deje sin efecto la decisión de nulidad de su elección hasta que se tome una decisión de fondo.