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Este lunes se conoció por fin el borrador de la reforma laboral, otra de las ambiciosas iniciativas del actual Gobierno. Aunque este proyecto no ha sido tan polémico como la reforma a la salud desde que se planteó la idea, también genera discusiones entre ciudadanos, Gobierno y el sector empresarial.

{"titulo":"Minsalud aseguró que si no se aprueba su reforma el sistema 'se desploma'","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/minsalud-aseguro-que-si-no-se-aprueba-su-reforma-el-sistema-se-desploma-981441"}

El borrador, de 37 páginas, contempla varios cambios en temas individuales y colectivos, así como cambios en las jornadas laborales y la remuneración de las mismas.

Uno de los artículos que propone una novedad es el 12 que modifica el artículo 240 del Código Sustantivo del Trabajo y en el que se indica la creación de un permiso para poder despedir o dar por terminado un contrato a 'madres o padres cabeza de familia sin otra alternativa económica, personas con discapacidad, mujer en estado de embarazo y hasta los 6 meses después del parto o su cónyuge o compañero, y pre pensionados; en los términos del artículo 2 de esta ley, la persona empleadora necesita la autorización judicial'.

En caso de que el empleador llegase a despedir o terminar el contrato injustificadamente, éste tendrá que pagar una 'indemnización optativa por despido injustificado' al empleado si se niega a la reintegración.

El proyecto también contempla la modificación de la jornada nocturna que, de ser aprobada, arrancaría a partir de las 6 de la tarde y no a las 9 de la noche como hoy rige. El 'trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las dieciocho horas (18:00) y las seis horas del día siguiente (6:00)', se lee.

{"titulo":"Carta de ministros sobre reforma a la salud es cierta y fue discutida: Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/gustavo-petro-dijo-que-la-carta-de-ministros-en-contra-de-la-reforma-la-salud-es-cierta-y"}

En cuanto al pago de los dominicales y festivos, el artículo 18 del proyecto indica que esta se remunera 'con un recargo del ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa'.

La reforma también se refiere a los trabajadores de plataformas digitales de reparto o entrega como Rappi o Uber Eats, de los que menciona que debe haber un contrato de trabajo y 'en consecuencia son sujetos de todas las garantías individuales y colectivas, derechos y prestaciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales'.

Adicionalmente, señala que su 'afiliación y cotización a seguridad social de estas personas trabajadoras será en calidad de dependientes en la modalidad de 'tiempo parcial''.

Esta reforma, como las demás, deberá ser radicada en el Congreso donde será discutida por los parlamentarios para su posterior votación en la que se decidirá si pasa, si se rechaza o deberá ser modificada.