El caso del trino hecho por la vicepresidenta para celebrar a la virgen de Fátima hecho el 13 de mayo de 2020 continúa en debate. Este viernes 21 de mayo de 2021, la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez compartió el informe de la sentencia del caso.
'Aun tratándose de un hecho superado, respetuosa siempre de las decisiones de la justicia, publico la Sentencia T-124-21 de la Corte Constitucional. Mi fe es íntima e inquebrantable, respetando siempre la libertad de cultos', dijo Ramírez en Twitter.
La sentencia explica que César Enrique Torres Palacios interpuso la acción de tutela por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos, a la igualdad y por la transgresión del principio de neutralidad del Estado en materia religiosa.
En su momento el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República dio respuesta a Torres Palacios y se opuso a las pretensiones.
El Dapre indicó en su momento que el mensaje estaba amparado por el derecho a la libertad de expresión, pues 'la señora vicepresidenta de la República en un impulso volitivo y de manera individual, no con carácter oficial y mucho menos sin que mediara acto administrativo oponible, hizo su manifestación frente a su deseo de encomendar a la Virgen de Fátima el país y la salud de todos los colombianos. En ese orden, las publicaciones hechas no tienen carácter de oponibilidad ni existe acto administrativo del cual se pueda concluir oponibilidad o imposición de culto o creencia'


