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El alcalde William Dau firmó este martes el Decreto 0010 de enero 5 de 2021 mediante el cual aplica el pico y placa para vehículos particulares, diferentes a motocicletas y afines en Cartagena.

La medida se extenderá hasta el 31 de diciembre de este mismo año.

La nueva rotación de los dos dígitos establecidos en el pico y placa para vehículos particulares, aplicará de lunes a viernes con excepción de los días feriados, en el horario comprendido entre las 07:00 a.m. y 10:00 a.m., y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m.

Para el director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, Janer Galván, esta medida busca asegurar un mejor ordenamiento del tráfico y una movilidad más ágil y eficiente en la ciudad, en la que se cumplan además los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte en el manejo y contención de los contagios provocados por la pandemia del coronavirus.

Calendario del pico y placa 2021

- Del 6 de enero de 2021 al 31 de marzo de 2021: Lunes 5-6, martes 7-8, miércoles 9-0, jueves 1-2 y viernes 3-4.

- Del 5 de abril de 2021 al 2 de julio de 2021: Lunes 7-8, martes 9-0, miércoles 1-2, jueves 3-4 y viernes 5-6.

- Del 6 de julio de 2021 al 1 de octubre de 2021: Lunes 9-0, martes 1-2, miércoles 3-4, jueves 5-6 y viernes 7-8.

- Del 4 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2021: Lunes 1-2, martes 3-4, miércoles 5-6, jueves 7-8 y viernes 9-0.

Las categorías de vehículos exceptuadas en estas restricciones, están consagradas en el artículo cuarto del presente Decreto y para efectos de su viabilidad, deberán presentar a la Dirección del DATT, la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el paz y salvo por todo concepto.

Los infractores al pico y placa pagarán una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes al conductor y/o propietario del vehículo automotor que transite por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente; además el vehículo será inmovilizado.