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La medida provisional de tutela que buscaba que Andrea Camila Vargas de la Hoz pudiera ocupar el curul que dejó vacante Recer Lee Pérez Torres en el concejo de Barranquilla, fue negada por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla.

{"titulo":"Radican solicitud ante Concejo para viabilizar posesión de Andrea Vargas","enlace":"https://www.elheraldo.co/barranquilla/concejo-de-barranquilla-presentan-solicitud-para-posesion-de-andrea-vargas-tras-condena"}

La acción buscaba que se le ordenara al Concejo Distrital de Barranquilla que, en un plazo máximo de 24 horas después de la admisión de tutela, se tomara la decisión sobre la vacante de concejal.

La medida que buscaba Vargas era con la intención de que se protegieran sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, seguridad jurídica, a ser elegida, a tener iniciativa en las Corporaciones Públicas y acceder a funciones y cargos públicos.

Según el juzgado, 'se observa que la accionante no aporta prueba donde conste que el declarar o no la vacancia del cargo del mencionado concejal, se requiera con la urgencia inmediata para evitar un perjuicio irremediable, situación que no da lugar a que este Despacho dicte la MEDIDA PROVISIONAL SOLICITADA, aunado a ello, que de acuerdo a las pruebas aportadas, la determinación que pueda tomarse en el asunto que aquí se plantea solo puede resolverse en el fallo de tutela, por lo cual, solo se procederá a avocar el conocimiento de la tutela, por ajustarse a las normas que la regulan'.

El caso continuará dentro del sistema de justicia.

{"titulo":"Activan Consejo Distrital de Gestión del Riesgo","enlace":"https://www.elheraldo.co/barranquilla/fenomeno-de-el-nino-activan-consejo-distrital-de-gestion-del-riesgo-1068123?"}