Luego de que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Andje, hubiera publicado el pasado 13 de noviembre un comunicado en el que informaba que la Gobernación del Atlántico había ganado un proceso que le traía riesgos judiciales por más de $22 mil millones en otros 300 casos de la misma línea, el abogado Pedro Torres Olivares, director jurídico de Torres Law Services y en representación de Javier Torres Velásquez, cuestionó el reporte.
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A través de un comunicado, Torres advirtió que “el proceso mencionado en la publicación aún no está en firme. La sentencia de tutela del Consejo de Estado, con radicado 11001-03-15-000-2025-02390-01, no ha sido ejecutoriada y está sometida a solicitudes de aclaración y otras acciones de reserva jurídica. La información divulgada es incorrecta, incompleta y busca desinformar a la opinión pública con fines de protagonismo, ya que se trata de un solo proceso, donde en otros, el mismo Consejo de Estado nos ha dado la razón en dos secciones más, contando con el criterio a nuestro favor de la mayoría de los consejeros de Estado”.
Agrega en este sentido el apoderado: “Hemos obtenido 12 sentencias en firme contra el Departamento del Atlántico en cerca de 300 procesos activos, reconociendo la responsabilidad de la Gobernación del Atlántico y el daño causado a nuestra familia. La Gobernación y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado promovieron una ‘tutelatón´ contra decisiones de segunda instancia del Tribunal Administrativo del Atlántico, en cuyos fallos de tutelas contamos con decisiones mayoritarias en el Consejo de Estado, en las secciones Segunda, con radicado 11001-03-15-000-2025-02390-00, y Tercera, con radicado 11001-03-15-000-2024-04317-00”.
Anunció por ello que en los próximos días presentará una nueva demanda por revictimización ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa por la misma cuantía que manifiestan estar evitando contra el Departamento del Atlántico y la Andje “por pretender revivir decisiones ya ejecutoriadas mediante mecanismos improcedentes, e inducir en error a la Sección Quinta del Consejo de Estado, lo que nos ha generado un nuevo daño emocional, físico y de salud a nosotros como víctimas”.
Invitó a la Andje “a darle aplicación a la Ley 2220 de 2022, que permite conciliar en los casos con alta probabilidad de condena, como sucede con estos procesos, en vez de recurrir a estrategias jurídicas improcedentes para obtener protagonismo institucional”.
La Andje había informado el pasado 13 de noviembre en un comunicado que “litigó a favor de la Gobernación del Atlántico y la libró de millonarias condenas”. Esto porque el Consejo de Estado, dijo, acogió los argumentos de la entidad y dejó sin efectos una condena contra el Atlántico por más de $73 millones, y en una decisión que, aseguró, le evita riesgos judiciales que podrían superar los $22 mil millones en procesos similares.
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Agregó en ese momento la Agencia que la Sección Quinta del Consejo de Estado, a través de sentencia de tutela de segunda instancia del 30 de octubre de 2025, amparó el derecho fundamental al debido proceso del Departamento del Atlántico, dejó sin valor y efecto el fallo de 24 de enero de 2025 dictado en el medio de control de reparación directa con radicado 08001-33-33-005-2016-00121-00/01, que contenía una condena contra el Departamento del Atlántico, y ordenó a la Sala de Decisión C del Tribunal Administrativo del Atlántico proferir una providencia de reemplazo, aplicando adecuadamente las normas sustantivas que regulan las relaciones contractuales, a la luz de lo dispuesto en el artículo 90 de la Constitución Política.
“El Consejo de Estado acogió la tesis formulada por la Andje en el sentido de que el Tribunal Administrativo del Atlántico incurrió en vía de hecho al establecer que lo pactado en el contrato de mandato celebrado entre el abogado Javier Torres Velásquez y el señor Carlos Alejandro Cuentas Mendoza era vinculante y de obligatorio cumplimiento para el Departamento del Atlántico”, se lee.
La Andje indicó en este sentido que aunque el fallo de tutela de segunda instancia no produce efectos inter comunis, se constituye en un precedente que deberá ser tenido en cuenta por el Tribunal Administrativo del Atlántico y los juzgados administrativos del Circuito de Barranquilla, para decidir los procesos de reparación directa con similitud fáctica y jurídica al que dejó sin valor y efecto el Consejo de Estado.





















