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Sucre

Concejales liberales de San Onofre siguen sin voz y voto

El Concejo de San Onofre está en sesiones. Los concejales aducen que sí les violaron el debido proceso porque nunca controvirtieron la queja.

Los concejales de San Onofre por el Partido Liberal, Hugo Antonio Martínez Zúñiga y Camila Andrea Blanco Edna, seguirán sin voz y sin voto por tres meses en la corporación tal y como se los ordenó la Secretaría General de esa colectividad al sancionarlos.

Estos coadministradores municipales en un intento por recobrar sus derechos políticos acudieron a la acción de tutela para que le fueran amparados los derechos constitucionales a la defensa y debido proceso, pero el Juzgado Promiscuo Municipal de San Onofre la declaró improcedente.

Los concejales exigían sus derechos políticos al considerar que el Partido Liberal se los vulneró con la sanción consagrada en la Resolución 6087 de finales de junio proferida con ocasión de una presunta violación del régimen de bancadas porque al parecer ellos no apoyan al suspendido alcalde Teódulo Cantillo Martínez ni tampoco al interino Eloy Berrío Julio.

El Partido Liberal conoció de la postura de los concejales a través de la queja que su colega de bancada Reynaldo Cárdenas Almario instauró y en la que dijo que estos cuando él se  postuló para la presidencia del Concejo no contó con ellos porque “frente a un empate de seis votos, la concejal Camila Blanco se abstuvo de ser solidaria con el concejal Cárdenas (...) contrariando así de forma injustificada los estatutos y los reglamentos. En tanto no votó y ello era decisivo”, dice la resolución que le suspende los derechos políticos.

Sobre el concejal Hugo Martínez dice el Partido Liberal que este en calidad de ponente del Plan de Desarrollo Municipal presentó una ponencia negativa. “No tuvo en cuenta el respaldo al alcalde encargado que cuenta con el respaldo de esta colectividad. Es decir actuó contrario a los intereses del Partido Liberal”.

El juez en el fallo de tutela sostiene que el procedimiento adelantado por el Partido Liberal Colombiano tiene su asidero jurídico en los estatutos y en el Código de Ética de dicho partido, y que los accionantes, por ser miembros de dicha colectividad, están sometidos al cumplimiento de su normatividad interna.

“Nótese, que la actuación del Partido obedece a los mandatos internos de su legislación y no a un actuar lesivo de los derechos de los accionantes, dado que estos tuvieron la oportunidad de interponer el recurso de reposición, lo que efectivamente hicieron, aclarando nuevamente que dicha medida es de orden cautelar y por ello, de acuerdo a sus estatutos, no era posible conocerla antes de la decisión”.

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