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Concejales de Cartagena orando antes de iniciar un día de sesiones. Archivo
Política

De la oración a la política: el rol de la religión en lo público

El fallo que prohíbe al Concejo de Cartagena iniciar sus sesiones orando abre nuevamente el debate sobre la libertad de culto y el Estado laico.

La separación entre la Iglesia y el Estado fue uno de los aportes que introdujo la Revolución Francesa al concepto de República, dando nacimiento a la idea del Estado laico. No obstante, en sociedades con tradiciones tan arraigadas como la colombiana, lo religioso y lo político, lo espiritual y lo legal, muchas veces se traslapan y superponen, generando debates como el suscitado en Cartagena, a raíz de una fallo del juzgado décimo administrativo que prohíbe la oración con la que inician las sesiones del Concejo Distrital. 

La demanda fue interpuesta por el ciudadano Miguel Ángel Garcés y en ella solicita derogación de los artículos 1, 2, y apartes del 3 y 5 del acuerdo 005 de 2007 expedido por el cabildo. Dicho acuerdo estipula “la práctica de la oración y el abrazo fraterno al inicio de todas las actividades diarias en las entidades de gobierno local, empresas públicas y privadas, instituciones educativas, comandos, estaciones de policía, batallones militares, juntas directivas de empresas, asambleas, centros comerciales y emisoras, estaciones de taxis, organizaciones gremiales, asociaciones y en familia”. 

El demandante argumenta que lo impuesto por el acuerdo 005 de 2007 del Concejo de Cartagena violenta los derechos a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia, y a los artículos 1,7,9,13,19 y 68 de la Constitución, que consagran al estado colombiano como pluralista, garante de cultos, multicultural y laico.

Así mismo, la sentencia de la Corte Constitucional C-817 de 2011, establece una prohibición al Estado de “establecer una religión o iglesia oficial; identificarse formal o explícitamente con una iglesia o religión o realizar actos oficiales de adhesión, así sean simbólicos, a una creencia, religión o iglesia”.

Adoptando estos argumentos, el juez Alejandro Bonilla Aldana decretó la suspensión temporal del acuerdo mientras el tribunal resuelve de fondo el caso, también determinó que el Concejo había extralimitado sus funciones al emitir dicho acuerdo. “La costumbre de la oración no se puede tener como elemento cultural generalizado de forma que puedan las autoridades locales de carácter civil imponer su ejercicio de manera obligatoria”, dice el fallo.

La decisión causó gran revuelo en ‘La Heroica’ y varios concejales como Duvina Torres, Jorge Useche, Erick Piña o Angélica Hodeg, se han manifestado públicamente en contra la decisión del juzgado.

Otros, como el abogado Alcides Arrieta, consideran que “el juez falló en derecho” ya que “no puede el Concejo por medio de un acuerdo establecer la obligatoriedad de la oración porque estaría violando esas disposiciones constitucionales”. Arrieta, quien también fue concejal de Cartagena, afirmó que de no cumplir con lo ordenado y continuar realizando permanentemente la oración al inicio de las sesiones del Concejo, los actuales concejales podrían incurrir en “fraude a resolución judicial”, que es una conducta penal. 

Por su parte miembros de la comunidad religiosa han rechazado la medida, afirmando que “la oración y el abrazo fraterno rompen las barreras entre las personas y permiten que nos perdonemos”. Así lo expresa la Asociación de Ministros del Evangelio en Bolívar (AMEB), quienes invocando el derecho a la paz consagrado en el artículo 22 de la Constitución, defienden que el acuerdo expedido por el Concejo no puede ser catalogado de ir en contra de la carta magna.

La AMEB está llamando “al poder cristiano y los que creen en un Dios todopoderoso”, a una “manifestación pacífica de oración y abrazo fraterno” convocada en cada una de las localidades de Cartagena que se llevará a cabo hoy. El debate está servido en ‘La Heroica’.

El Crucifijo de la Corte. La Corte Constitucional también se encuentra en el centro de una polémica similar a causa de un derecho de petición interpuesto el pasado jueves 12 de mayo que busca retirar el crucifijo que adorna la Sala Plena del tribunal. El derecho de petición fue enviado al despacho de la presidenta de la Corte, María Victoria Calle, por Juan Sebastián Vega, un abogado que labora en la misma institución. Para Vega,  la presencia del ícono religioso católico violenta el derecho a la libertad de culto de los funcionarios de la Corte que no profesan la fe católica, “así como de los principios superiores de no discriminación por razones religiosas e igualdad de las distintas confesiones e iglesias”.
Aunque la magistrada Calle aún no ha tomado una determinación al respecto, esta petición ahonda el debate sobre el papel de la religión en los estamentos públicos, sobre todo uno que debe ser garante de los derechos de todos los ciudadanos, como es la Corte Constitucional.

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