Este domingo 19 de junio los colombianos asistirán a las urnas para elegir al nuevo presidente de Colombia.
El puesto en la Casa de Nariño será disputado en segunda vuelta por los candidatos Gustavo Petro, del Pacto Histórico, y Rodolfo Hernández, de Liga de Gobernantes Anticorrupción, quienes obtuvieron la mayor votación en la primera jornada electoral, que se llevó a cabo el pasado 29 de mayo.
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cifra de colombianos habilitados para votar este domingo en el territorio nacional es de 39.002.239.
{"titulo":"Así será el tarjetón electoral para la segunda vuelta presidencial","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/elecciones-2022-asi-sera-el-tarjeton-electoral-para-la-segunda-vuelta-presidencial-913127"}
Los ciudadanos colombianos que se encuentran en el exterior pueden ejercer su derecho al voto desde el pasado domingo 12 de junio. Según el registrador Alexánder Vega, son más de 972 mil connacionales en 67 países del mundo que están habilitados para sufragar hasta el próximo domingo 19 de junio.
A continuación, conozca todo lo que debe saber para votar en las próximas elecciones presidenciales:
¿Cómo consultar mi puesto de votación?
Los ciudadanos que ejercerán su derecho al voto en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales podrán hacerlo en el mismo puesto de votación que les fue asignado para la primera vuelta.
Quienes deseen consultar su lugar de votación pueden hacerlo a través de la página web de la Registraduría y de la aplicación InfoVotantes, que se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store.
Ingrese al siguiente link de la Registraduría: www.registraduria.gov.co.
Luego, seleccione la opción ‘Lugar de votación’ y digite su número de documento de identidad.
Allí le aparecerá el departamento, municipio y dirección en la que se encuentra ubicado su puesto y mesa de votación.
¿Cómo votar correctamente?
Una vez conozca cuál es su puesto de votación, podrá dirigirse a este sitio este domingo 19 de junio desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde.
Si son las 4 y usted se encuentra en la fila se le deberá permitir el ingreso a su mesa de votación.
En la mesa deberá presentarle al jurado su cédula de ciudadanía.
A continuación le harán entrega del tarjetón de las elecciones presidenciales de segunda vuelta, en el que podrá escoger tres opciones válidas.
La primera opción es Rodolfo Hernández junto a su fórmula vicepresidencial Marelen Castillo. Luego están Gustavo Petro junto a Francia Márquez. Y por último aparece la opción del voto en blanco.
La Registraduría Nacional del Estado Civil recomienda marcar una (X) sobre el cuadro donde aparecen el candidato y la fórmula vicepresidencial de su preferencia.
Es importante tener en cuenta que no puede salirse de la casilla y saber que si marca más de una opción, o hay tachones, símbolos o marcas fuera de las casillas, el voto se anulará.
En caso de que se equivoque de candidato o se salga de la casilla o haya rayones o anomalías en el tarjetón, usted podrá solicitarles a los jurados de votación una nueva tarjeta de reemplazo y votar de nuevo. No obstante, antes usted deberá destruir el tarjetón dañado o verificar que el jurado lo rompa.
Así será el tarjetón electoral para la segunda vuelta presidencial
¿Se puede inscribir la cédula para votar en segunda vuelta?
La Registraduría recordó que para esta jornada no se podrán inscribir cédulas, ya que el plazo para inscribir el documento de identidad era hasta el pasado 29 de marzo.
Esto no significa que no pueda votar este 19 de junio. Puede cosultar su lugar de votación, acercarse y sufragar, siempre y cuando el documento haya sido expedido después del 8 de enero de 2003.
¿Cuál es la sanción por no ejercer como jurado de votación?
Las personas que fueron asignadas como jurado de votación para la primera vuelta vuelven a ejercer en esta segunda jornada electoral, confirmó la Registraduría.
Si usted es uno de los elegidos para cumplir con este deber, recuerde que su asistencia es obligatoria.
Quienes fueron notificados y sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan en caso de ser servidores públicos, y si no lo son, deberán pagar una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
¿Cuáles son los 16 delitos electorales en Colombia?
- Perturbar las elecciones: impedir las elecciones y/o el escrutinio da de 4 a 9 años de cárcel.
- Presionar al votante: obligar a alguien a votar de determinada manera significa de 4 a 9 años.
- Engañar al votante: para que elija un candidato o partido comporta una condena de entre 4 y 8 años.
- Trastear votos o electores: inscribir la cédula en un lugar diferente al de su residencia: de 4 a 9 años.
- Comprar y vender votos: intercambiar dinero o dádivas por el voto da una condena de 4 a 7,5 años.
- Suplantar votantes: suplantar a un votante o votar más de una vez tendrá cárcel de 4 a 8 años.
- Complicidad de fraude: intervenir como funcionario para un voto fraudulento da de 4 a 8 años.
- Mora en la entrega de documentos: el funcionario que no haga entrega oportuna de los documentos de votación, sellos de urna y/o arca triclave tendrá de 1,3 a 4,5 años.
- Alterar resultados: alterar el resultado de una votación, introduciendo documentos o tarjetones comporta de 4 a 8 años de cárcel.
- Retener o desaparecer ilícitamente la cédula del votante da de 4 a 8 años.
- Denegar la inscripción del votante da de 1,3 a 4,5 años.
- Elegirse estando inhabilitado judicial, disciplinaria o fiscalmente da de 4 a 9 años.
- Traficar votos de ciudadanos por dinero o dádiva tiene de 4 a 9 años.
- Financiar campañas con fuentes prohibidas da de 4 a 8 años.
- Violar topes de gastos de campaña da de 4 a 8 años.
- Omitir informar aportes a campañas da de 4 a 8 años.


