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Este domingo 13 de marzo los colombianos se preparan para visitar las urnas y elegir a los miembros del nuevo Congreso de la República que estarán en funciones entre el 2022 y el 2026; además escogerán a los candidatos únicos de las coaliciones que competirán con otros aspirantes en la primera vuelta presidencial que se realizará en mayo.

La Registraduría Nacional del Estado Civil reveló que un total de 38 819 901 colombianos están habilitados para ejercer su derecho al voto en el territorio nacional y en el exterior. Del total de colombianos aptos para sufragar, 20 031 855 son mujeres y 18 788 046 son hombres, quienes podrán votar en 112 009 mesas, distribuidas en 12 512 puestos de votación.

Antes esta nueva jornada electoral, los ciudadanos han manifestado una serie de interrogantes sobre cómo inscribir la cédula o cambiar su punto de votación de cara a las elecciones presidenciales del 29 de mayo, cuál es el punto de votación que le corresponde, y cómo saber si es jurado de votación.

Por ello, EL HERALDO trae un abecé de preguntas frecuentes de cara a esta jornada.

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¿Puedo cambiar el puesto de votación para las elecciones presidenciales?

La Registraduría explicó que aún está a tiempo para realizar la inscripción de cédulas para votar en elecciones presidenciales en todas las sedes de la Registraduría a nivel nacional y en los puntos autorizados por la entidad.

Cabe recalcar que bastará solo una inscripción o actualización de la zona de votación para poder sufragar en los comicios legislativos y presidenciales.

Quienes cambiaron su lugar de residencia y aún no han inscrito su cédula de ciudadanía para participar en las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, pueden hacerlo hasta el 29 de marzo de 2022.

La Registraduría Nacional para este año habilitó dos alternativas para inscribir la cédula:

Presencialmente

Para poder cambiar el punto de votación o inscribir la cédula por primera vez, deberá acercarse a la sede de la Registraduría en su municipio, presentar el documento de identidad y mediante huella dactilar, realizar la inscripción de su cédula en el puesto de votación más cercano a su domicilio.

Página web

En la página oficial de la Registraduría, usted ingresa a la opción 'Consultar puesto de votación' y luego generar la inscripción de ciudadanos, llenar el formulario, la declaración juramentada de información real, realizar el reconocimiento facial y elegir puesto de votación. Este trámite se podrá hacer durante las 24 horas del día, de lunes a viernes.

¿Dónde debo votar?

Si aún no conocer el lugar y mesa de votación, puede ingresar a la página de la Registraduría en la plataforma Infovotantes, donde podrá elegir la opción lugar de votación y consultar con su número de cédula.

{"titulo":"Este lunes inician votaciones en el exterior","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/elecciones-legislativas-y-consultas-interpartidistas-este-lunes-inician-votaciones-en-el"}

¿Cómo saber si es jurado de votación?

En primer lugar, cabe aclarar que los jurados de votación son los ciudadanos que en representación de la sociedad civil atienden a los sufragantes el día de los comicios.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un software que permite realizar un sorteo electrónico de forma aleatoria de los jurados, para garantizar la heterogeneidad de la filiación política. Esta herramienta se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos.

Los ciudadanos pueden verificar a través de la aplicación InfoVotantes Elecciones Colombia 2022 o en la página web www.registraduria.gov.co, si fueron designados para prestar el servicio digitando su número de cédula de ciudadanía.

También pueden acercarse a la sede de la entidad más cercana a su domicilio.

{"titulo":" Estos serán los tarjetones electorales para las consultas interpartidistas ","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/estos-seran-los-tarjetones-electorales-para-las-consultas-interpartidistas-886073"}

¿Cuál es la sanción por no ejercer como jurado de votación?

Recuerde que si fue asignado como jurado de votación, su asistencia a la jornada electoral es obligatoria.

Quienes fueron notificados y sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan en caso de ser servidores públicos, y si no lo son, deberán pagar una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

{"titulo":"‘Riesgos Electorales’ la App del CNE para denuncias sobre delitos electorales","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/riesgos-electorales-la-app-del-cne-para-denuncias-sobre-delitos-electorales-891248"}

Excepciones válidas para los jurados de votación que no puedan asistir

  • Muerte de su cónyuge, padre, madre o hijo, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a las mismas
  • Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo
  • Haberse inscrito y votar en otro municipio
  • No ser residente en el lugar donde fue designado
  • Ser menor de 18 años
  • Ser mayor de 60 años

{"titulo":"Así quedó el tarjetón para las elecciones al Senado de la República ","enlace":"https://www.elheraldo.co/politica/asi-quedo-el-tarjeton-para-las-elecciones-al-senado-de-la-republica-879349"}

¿Con cuál documento puedo ejercer el derecho al voto en las elecciones de 2022?

Los colombianos habilitados para votar en Colombia y en el exterior solo pueden hacerlo identificándose con la cédula amarilla con hologramas o la cédula digital, ya sea física o en su dispositivo móvil.

No se permite votar con contraseña, pasaporte, la libreta militar, u otro documento.

¿Qué se elige en las elecciones del 13 de marzo?

Para los comicios que se realizaron este domingo 13 de marzo, los colombianos elegirán a los Senadores y Representantes a la Cámara; además las consultas interpartidistas para presidente de la República.

¿Qué se elige en las elecciones del 29 de mayo?

El 29 de mayo se realizará la primera jornada de elecciones a la Presidencia de la República. Debido al gran número de candidatos confirmados se espera que esta elección sirva para definir a las dos fuerzas que estarán en la segunda vuelta.

En caso de que ninguno de los candidatos logre sacar una diferencia de la mitad más uno, las leyes colombianas establecen que deberá definirse el ganador en una segunda vuelta electoral, en la cual solo participarán las dos primeras votaciones. Estas elecciones se realizarían el próximo 19 de junio y ahí se escogerá al presidente número 109 de la historia republicana de Colombia desde 1819.

¿Dónde reportar delitos electorales?

El Consejo Nacional Electoral dispondrá de una aplicación móvil con el objetivo de brindar garantías de cara al proceso electoral.

Se trata de la App Riesgos Electorales que permite el reporte de denuncias frente a posibles riesgos electorales y genera comunicación directa con la ‘URIEL’.

Estos serán los tarjetones electorales para las consultas interpartidistas

En total quedaron inscritos 15 precandidatos por las tres coaliciones: Pacto Histórico, Centro Esperanza y Equipo por Colombia.

Cabe resaltar que las posiciones en estas tarjetas electorales se definieron a través de un sorteo en presencia de los candidatos y delegados de las diferentes campañas electorales.

Vale mencionar que el elector solo podrá pedir un tarjetón de los tres disponibles de las consultas interpartidistas y deberá expresar la solicitud, ya que no está permitido que el jurado ofrezca ningún tipo de tarjetón de las coaliciones.

De otra parte, la manera correcta de marcar un tarjetón es marcando 'X' dentro de la foto del candidato, si por alguna razón se equivoca podrá solicitar cambio de tarjetón, siempre y cuando verifique que el incorrecto sea anulado por el jurado de votación.

Así quedó el tarjetón para las elecciones al Senado de la República

¿Cómo se financian las campañas electorales en Colombia?

En Colombia el sistema de financiamiento de campañas se basa en un modelo mixto, por una parte contempla los aportes públicos como una forma de garantizar la equidad en la contienda electoral, y por otra los aportes privados como una forma legítima de participar en la democracia y de expresar libremente las preferencias políticas de los ciudadanos.

La gran mayoría de los ingresos se originan en el patrimonio del candidato o candidata y su familia. En las últimas dos elecciones territoriales alcanzaron el 64% (2015) y el 63% (2019).

Por el contrario, los aportes estatales vía anticipos son mínimos. En 2019 fue el 0,2% y en 2018 el 6%.Sin embargo, se presenta una excepción en las campañas presidenciales, donde se entrega el 80% de los gastos máximos permitidos de manera anticipada para el desarrollo de las actividades electorales.