El borrador de la ponencia de la reforma tributaria contempla un nuevo listado de alimentos que quedarán gravados en el impuesto saludable.
Cabe recordar que la ponencia presentó unos atrasos y estaba prevista para ser presentada el pasado lunes en el Congreso de la República para primer debate.
En la lista del borrador se excluyen productos como la mortadela, butifarra, salchichón y obleas, pero quedan productos constituidos por los componentes naturales de la leche, a excepción del arequipe.
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A su vez, los productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos serían incluidos en este impuesto, así como los artículos de confitería, chocolate y demás preparaciones que contengan cacao.
También entran en la lista las mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería, así como los productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola).
A esto se le suman productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao.
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Los helados, hortalizas, frutas, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, también serán gravados, así como las preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.
Según el borrador de la ponencia, el impuesto será del 10 % en el 2023, 15 % en el 2024 y de 20 % en el 2025.
Por otra parte, el impuesto a las exportaciones de carbón y petróleo sale de la lista, pero queda una sobretasa de renta de 5 puntos, mientras que se mantiene el impuesto de renta a plataformas como Netflix o Spotify o aquellos que presten servicios de publicidad por internet, contenidos digitales, streaming, suscripciones digitales y cualquier otro servicio prestado a través de un mercado digital con destino a usuarios ubicados en el territorio nacional.





















