El programa Colombia Mayor continúa su labor de apoyo a la población más vulnerable del país, garantizando el acceso a subsidios económicos mensuales para 1.635.343 adultos mayores que no cuentan con pensión ni ingresos suficientes para su subsistencia.
El Departamento para la Prosperidad Social (DPS) confirmó que durante agosto se mantendrán disponibles los pagos del séptimo ciclo hasta el 19 del mes, extendiendo la fecha límite original que vencía el 13 de agosto. Esta medida busca facilitar el acceso ordenado al beneficio y evitar aglomeraciones en los puntos de pago.
Le recomendamos: Gobierno cuestiona decisión del Banco de la República de mantener altas las tasas de interés
Montos diferenciados según edad y ubicación
Los subsidios varían significativamente dependiendo de la edad del beneficiario y su lugar de residencia. Las personas mayores de 80 años reciben el monto máximo de 225.000 pesos mensuales, mientras que aquellos menores de esta edad acceden a 80.000 pesos mensuales.
Bogotá presenta una particularidad: gracias a un convenio establecido con la Alcaldía Mayor, los adultos mayores que aún no han cumplido 80 años reciben 130.000 pesos mensuales, un monto superior al establecido nacionalmente.
El Banco Agrario lidera la distribución de estos recursos a través de su red de aliados, ofreciendo a los beneficiarios la opción de recibir el dinero mediante transferencia bancaria o giro según su preferencia. Cada beneficiario recibe notificación por mensaje de texto con la fecha exacta para reclamar su subsidio.
La consulta del estado de pagos se realiza de forma digital a través del portal web del Banco Agrario, garantizando transparencia mediante validación de datos en tiempo real y aplicación de estrictos criterios de priorización.
Requisitos documentales para futuros beneficiarios
Aunque el proceso de inscripción no se encuentra actualmente abierto, quienes aspiren a ingresar al programa deberán presentar cuatro documentos esenciales cuando se habilite la próxima convocatoria:
- Cédula de ciudadanía original
- Certificación del Sisbén IV (grupos A, B o C hasta C1)
- Comprobante de residencia o declaración juramentada de domicilio
- Formulario de solicitud diligenciado (disponible en alcaldías)
El trámite se realiza presencialmente en la alcaldía del municipio de residencia, excepto en Bogotá, donde corresponde a las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.
Le sugerimos leer: Colombia, afectada por imposición arancelaria de Estados Unidos
Criterios de elegibilidad
El acceso al programa Colombia Mayor está sujeto a requisitos específicos que garantizan la focalización en la población más necesitada. Los aspirantes deben ser ciudadanos colombianos con residencia en el país durante los últimos 10 años y tener al menos tres años menos que la edad de pensión por vejez, es decir, 54 años para mujeres y 59 años para hombres.
Adicionalmente, no pueden recibir pensión ni contar con ingresos suficientes para su subsistencia, y deben estar clasificados en el Sisbén IV dentro de los grupos A, B o C1. Una vez completada la inscripción, la información se verifica contra bases de datos nacionales para confirmar el cumplimiento de requisitos y, según disponibilidad de cupos, se asigna el subsidio siguiendo los listados de priorización establecidos.