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Una lluvia de propuestas y mensajes encontrados les ha caído en los últimos días a los colombianos y tiene que ver la tormenta con el ya conocido planteamiento de la constituyente que hizo desde marzo pasado el presidente Gustavo Petro, pero ahora se señala desde distintas fuentes allegadas al Gobierno que esta podría ser vía acuerdo de paz o por decreto. Incluso, el propio jefe de Estado afirma ahora que no se refería concretamente a una asamblea constituyente, sino al poder constituyente.

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Para entender este embrollo jurídico EL HERALDO consultó a los expertos en derecho constitucional Juan Manuel Charry, Gonzalo Ramírez y Eduardo Palencia Ramos. Así mismo, les preguntó a congresistas de distintas tendencias su mirada al respecto.

Poder constituyente

Desde Pueblo Nuevo, Córdoba, el jefe de Estado volvió a referirse el pasado jueves a su propuesta constituyente.

“Hay quienes ahora le tienen temor a la palabra democracia, incluso creen que la democracia no es el pueblo, que se destruye la democracia si se convoca al pueblo a expresarse, a movilizarse a organizarse y a tener poder. No he hablado aquí de una asamblea constituyente como repite una y otra vez la prensa y menos aún que para reelegirme. Los que se reeligieron fueron otros, no yo: cambiaron la Constitución para ello. Aquí yo estoy hablando de un poder constituyente, no confundan el objetivo con los medios”, dijo.

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Y explicó acto seguido: “Poder constituyente es poder del pueblo, es capacidad de decisión, es capacidad de organización, es poderle decir a toda la sociedad colombiana que el pueblo tiene poder, que decide, que quiere cambiar la historia de Colombia, que es el camino de la construcción de la democracia. No hay democracia sin pueblo, no hay democracia sin una pobrería que se organice para dejar de ser pobres: la democracia es aquella en donde la gente no solo decide, sino que la gente progresa, la gente derriba los obstáculos a la libertad”.

No obstante, pocos días atrás el mandatario había escrito en sus redes al respecto: “El papel histórico del Congreso hoy es tramitar su convocatoria, si no el poder constituyente, tarde que temprano lo hará”. Añadió: “En mi opinión le corresponde ya al poder constituyente del pueblo el hacerlo; también está en discusión cuál puede ser el medio para hacerlo: una asamblea constituyente solo es un medio de varios para expresar el poder constituyente”.

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Y desde marzo pasado Petro tocó por primera vez, desde Cali, el tema de la convocatoria de una asamblea constituyente que “debe transformar las instituciones para que obedezcan al pueblo en su mandato de paz y de justicia, que es fácil de lograr en Colombia”.

Juan Manuel Charry, conjuez de todas las altas cortes y catedrático y decano de la Universidad del Rosario, se preguntó al respecto: “¿Cuál es el procedimiento si no se hace por las tres vías (constituyente, reforma constitucional o referendo), cómo sería una constituyente del constituyente primario como lo entiende el Gobierno, cómo sabemos las mayorías cuándo sesionan, cómo se garantizarían los derechos de la oposición y las minorías políticas?”

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Eso no está previsto, agrega, “entonces lo hace aún más difícil porque no podría ser una constituyente convocada por el Gobierno, con el procedimiento del Gobierno, para los intereses del Gobierno: una constituyente es la manifestación del pueblo, pero de todo el pueblo, no de una parte que simpatiza con el Gobierno o con otras fuerzas políticas”.

El ex magistrado auxiliar de la Corte Constitucional y catedrático de la Universidad Externado Gonzalo Ramírez indicó que hay una posición en derecho constitucional que dice que el poder constituyente está en cabeza del pueblo y que este es soberano y que en cualquier momento se puede activar, “pero hay que pensar que ya el poder constituyente habló cuando hizo la Constitución del 91 estableciendo el mecanismo de ruptura constitucional”.

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Así mismo, advierte, “el pueblo no solo es Petro y los simpatizantes del pueblo: el pueblo somos todos y él no se puede arrogar la soberanía popular en cabeza de sus simpatizantes. El proceso de la Constitución del 91 fue ajeno a la Constitución del 86, por la vía de la Séptima Papeleta, los decretos de estado de sitio, que sería la idea de Petro de que las cosas se deshacen como se hacen, pero es que la diferencia es que cuando César Gaviria estableció el decreto de estado de sitio para convocar la constituyente, la Corte Suprema revisó y avaló la posibilidad de una constituyente”.

Y Eduardo Palencia Ramos, director del Programa de Ciencias Políticas y Gobierno de la Universidad Simón Bolívar, precisa que diferentes autores hablan de que “hay un poder primario u originario que tiene la titularidad en el pueblo, y el poder constituyente derivado, cuyo poder deriva de un texto legal establecido. Cuando Petro hace alusión al poder constituyente se refiere al poder constituyente popular, es decir la soberanía reside exclusivamente en el pueblo y por eso hace constante referencia al poder popular y comunal como el elemento transformador de normas”.

Pero, alerta, esto implica una controversia entre la supremacía constitucional y la soberanía popular, “es decir, ¿hay que hacer lo que el pueblo quiere o hay un estado de derecho que establece unos límites? Nuestra Constitución plantea límites al poder popular, en los incisos se señala que el poder lo podrá ejercer a través de sus representantes, es decir, hay un estado de derecho que el mismo pueblo debe cumplir”.

Fotos archivo EL HERALDO

Vía acuerdo de paz

Hace un par de semanas el excanciller Álvaro Leyva, tras renunciar a su cargo, hizo referencia al documento firmado en Caracas, Venezuela, entre el Gobierno Nacional y el ELN, como primer acuerdo de la mesa de paz, donde se menciona explícitamente la necesidad de un “Gran Acuerdo Nacional”. Este asunto también aparece en el acuerdo de paz firmado con las Farc en 2016, cuando en la página 7 se habla de un “Gran Acuerdo Político Nacional”.

Leyva, otrora negociador de paz, cree que una constituyente podría consolidar los acuerdos de paz y tratar temas faltantes en el proceso de reconciliación y reforma institucional.

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Y cita del acuerdo de La Habana: “Con el ánimo de consolidar aún más las bases sobre las que edificará la paz y la reconciliación nacional, una vez realizado el procedimiento de refrendación, convocarán a todos los partidos, movimientos políticos y sociales, y a todas las fuerzas vivas del país a concertar un gran acuerdo político nacional encaminado a definir las reformas y ajustes institucionales necesarios para atender los retos que la paz demande, poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia política y social”.

Charry puso de presente que si bien es cierto que se habló de la necesidad de un acuerdo nacional de todos los partidos políticos y las fuerzas sociales para implementar el acuerdo, “me parece que quererle dar una connotación de Constitución a un acuerdo nacional que podría instrumentarse a través de expedición de leyes o de reformas a la Constitución tramitadas en el Congreso no justificaría evitar el procedimiento”.

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Para Ramírez, aunque las Farc en su momento negociaron con el Gobierno la posibilidad de hacer una constituyente, “esto nunca se pactó, no se acordó ni se llegó a que el proceso de paz terminara con una constituyente. Algunos han optado por decir que el acuerdo de paz está enmarcado en el DIH y por medio de estos acuerdos de Ginebra podría considerarse un acuerdo especial, y como el acuerdo dice que se podría convocar un acuerdo nacional pues podría llegarse por esta vía a una constituyente, pero ya la Corte Constitucional dijo que siempre el acuerdo de paz estará por debajo de la Constitución”.

En la opinión de Palencia, es un error pretender que los diálogos de La Habana se conviertan en una asamblea constituyente o una reforma constitucional, “los diálogos de La Habana tuvieron una finalidad y no pueden ser modificados y en ningún momento se habló de algo distinto a un acuerdo con las Farc”.

Fotos archivo EL HERALDO

Vía decreto

El exfiscal Eduardo Montealegre, ex magistrado de la Corte Constitucional, expuso otra teoría sobre la constituyente. Habló en la emisora Caracol Radio de que es “totalmente legítima” la propuesta del jefe de Estado “de convocar por decreto una asamblea constituyente para extender, entre otros motivos, su mandato presidencial”.

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Expuso en este sentido: “Colombia es una sociedad bloqueada por la oposición del Congreso a las reformas sociales que requiere (el país) para consolidar la paz total y cumplir con los acuerdos de La Habana”. Por lo que, afirma, no hay otra salida posible a que el presidente convoque “por decreto con fuerza de ley” una asamblea constituyente que le permita al pueblo decidir sobre las transformaciones que, en su criterio, se requieren.

Y frente a la constituyente vía acuerdos de paz, Montealegre dijo que “si el Congreso no cumple con esos desarrollos en Colombia, incurre en responsabilidad internacional. Por esta razón, la única salida es la asamblea constituyente ya”.

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Para Charry, hacer una asamblea constituyente por fuera de los tres procedimientos que señala la Constitución es muy difícil: “Una vía podría ser un decreto de conmoción interior, de emergencia económica, iría al control de la Corte Constitucional y yo creo que no podría en aras de la emergencia decirse que no se cumple con un procedimiento constitucional”.

En el concepto de Ramírez, una asamblea constituyente por decreto resulta inconstitucional “porque hay una vía ya reglada y no puede el presidente por un decreto reglamentario y ni siquiera por un decreto de estado de excepción o legislativo establecer que se convoque a una constituyente, y si se hace podría declararse nulo por el Consejo de Estado o por la Corte Constitucional, y por ahora no estamos en un estado de excepción”.

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Y Palencia llama la atención de que cuando se plantea que una reforma a la Constitución o una constituyente se puede convocar a través de decreto “lo que advierto es que hay un total desconocimiento de los mecanismos establecidos en la Carta Magna, y sabemos que las asambleas constituyentes solamente se pueden convocar por el pueblo: ni el presidente ni el Congreso constituido pueden suplantar al constituyente originario y primario, que es el pueblo. No lo veo políticamente ni jurídicamente viable, es una propuesta que sin lugar a dudas pone en alarma a la institucionalidad democrática”.

Fotos archivo EL HERALDO

En el Congreso

La senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, le dijo a EL HERALDO que “el acuerdo de La Habana no permite una constituyente, de hecho si uno quisiera que hubiera una expresión popular sobre ese acuerdo hay que recordar que ya la hubo en el plebiscito y la decisión mayoritaria fue la no aprobación de esos acuerdos y, por otro lado, una asamblea constituyente formada a través de las convocatorias que está haciendo el presidente carece de cualquier legitimidad”.

De igual modo, el senador David Luna, de Cambio Radical, señaló en diálogo con este diario que “el presidente Petro prometió en más de ocho ocasiones que no iba a convocar una constituyente y que iba a respetar sobre cualquier cosa la Constitución del 91, decía en ese momento porque él era coautor con el M-19 de ese acuerdo político, pero nuevamente mintió: yo sí creo que su verdadero interés es atornillarse en el poder y usa las reformas y el acuerdo de paz como excusa”.

Y el senador Antonio Correa, de La U, indicó en este medio que “el poder constituyente siempre lo tienen los 47 millones de colombianos y el Congreso de la República en acto de delegación del constituyente primario, pero no se tiene la suficiente claridad sobre las propuestas de una constituyente vía decreto o vía acuerdo de paz y por lo tanto no podemos entrar a especular”.