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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió la demanda contra el decreto donde se nombró a Armando Benedetti como embajador ante la FAO, pero resolvió negar alguna medida cautelar para suspender del cargo a al funcionario, mientras se resuelve la solicitud.

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En la demanda, que está en el despacho del magistrado Luis Manuel Lasso y que fue presentada por los ciudadanos Julio César Yepes y Guillermo Villegas, se pide la nulidad del decreto 108 del 6 de febrero de 2024, que fue firmado por Álvaro Leyva, actualmente suspendido de su cargo como canciller.

En la petición se argumenta que Leyva estaba ya suspendido por la Procuraduría cuando firmó el decreto que involucra a Benedetti. Sin embargo, la medida fue negada gracias al artículo 115 de la constitución, que señala que el presidente está facultado para expedir los actos propios de su competencia, sin la necesidad de la firma del ministro implicado.

'El nombramiento del señor Armando Alberto Benedetti Villaneda como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, plasmado en el Decreto No. 108 del 6 de febrero de 2024, fue expedido por el competente: el señor Presidente de la República', se lee en el oficio del Tribunal.

{"titulo":"Marchas contra el Gobierno se tomaron las principales plazas del país","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/minuto-minuto-marchas-en-colombia-de-este-6-de-marzo-en-contra-de-reformas-del-gobierno-de?"}