Desde el pasado fin de semana ha estado al orden del día la discusión sobre el decreto derogado de drogas, pues el Gobierno dice que solamente quita una multa que existía sobre quien consumiera la dosis personal, mientras que la oposición considera que se resta una medida policiva contra el microtráfico.
{"titulo":"'Prohibición de droga es válida cuando va en detrimento de la niñez'","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/procuradora-margarita-cabello-sobre-decreto-de-drogas-corte-avalo-prohibicion-en-espacio"}
En plata blanca, el Decreto 1844 de 2018, expedido durante el gobierno de Iván Duque, lo que hace es adicionar un capítulo al Decreto 1070 de 2015, 'Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas'.
Y en la norma de 2018 lo que se lee es que 'en el marco del Proceso Único de Policía, cuando la autoridad advierta la posible infracción de la prohibición de tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas, (…) se aplicará el procedimiento establecido en el proceso verbal', y que 'lo dispuesto en el presente capítulo se aplicará únicamente a las presuntas infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de dichas sustancias que las normas vigentes determinan como dosis personal'.
{"titulo":"Investigación no para con incautación de la droga, inicia acá: Salamanca ","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/incautacion-de-dos-toneladas-de-cocaina-en-el-puerto-de-barranquilla-director-de-la-policia"}
Mientras que el Decreto 2144 de 2023, emitido por el gobierno de Gustavo Petro, reza: 'Derogar el Decreto 1844 de 2018, Por medio del cual se adiciona el Capítulo 9 del Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, ‘Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas’'.
¿Confusión?
Por el nombre de esta disposición, en el aparte en que escribe 'poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas', que inicialmente fue registrado por los medios de manera literal y como si se tratase del contenido de la norma en sí, además de la discusión política sobre las facultades policiales al respecto, que son reguladas por las autoridades locales, se encendió la polémica.
En este sentido, Petro aseveró que 'la desinformación estalla porque el reportero que puso la primera información engañosa, y los siguientes, no leyeron. Solo bastaba leer el decreto derogado que se abre en internet y tiene apenas dos párrafos. Solo con leerlo sabrían que solo quitaba las multas, nada más'.
Y el pasado fin de semana precisó el jefe de Estado: 'Lo único que ha hecho el gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal porque así lo indicaron las cortes. Todo lo demás continúa igual. La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio', agregando que 'la derogatoria solo impide que a los jóvenes se les encierre en CAI y se los golpee, o se les aplique electricidad o mueran quemados vivos dentro de esos CAI como en Soacha'.
{"titulo":"Con apoyo de drones, capturan a dos expendedores de droga en Santa Marta","enlace":"https://www.elheraldo.co/magdalena/santa-marta-capturan-con-apoyo-de-drones-dos-sujetos-que-vendian-drogas-1055321"}
Pero el expresidente Iván Duque le dijo a EL HERALDO que 'la Corte Constitucional lo que dijo muy claramente hace muchos años es que la dosis personal va alineada con lo que llamaban el libre desarrollo de la personalidad'.
Y, sostiene el exmandatario, 'resulta que el espacio público no le pertenece a ningún particular, es de todos, y no solamente es de todos sino que en el espacio público prima el interés general pero aparte de eso debemos limitar la circulación de drogas para proteger a los niños, niñas y adolescentes, y como lo dice nuestra Constitución, si mal no recuerdo en su Artículo 44, es que los derechos de los niños están por encima de los derechos de los demás'.
{"titulo":"Celulares tendrán función de autodestrucción para reducir robos: Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/presidente-petro-anuncia-que-los-celulares-tendran-funcion-de-autodestruccion-para-reducir"}
Además, explicó el contexto del decreto durante su mandato: 'Habíamos observado con la Policía que los jíbaros siempre utilizaban la figura de la dosis mínima para esconder las pacas en los parques e iban vendiendo de dosis mínima en dosis mínima, entonces en concordancia con el Código de Policía, la Constitución y la ley promulgamos nuestro decreto en 2018 justamente para que la Policía pudiera hacer las requisas, confiscar la droga y poner multas, lo que va de la mano con la concepción de la Corte de descriminalizar la dosis mínima. Y si lo compara con países como España o Portugal, que son los que el Gobierno suele invocar, la confiscación y la multa también existen'.
Reportando Duque Márquez que, por ello, con esta medida 'se liberaron miles de parques en todo el país y ahora desafortunadamente, con la derogatoria, lo que vemos es que los jíbaros van a hacer su agosto, la Policía queda desorientada, se van a reducir las requisas y al jíbaro le duele más la confiscación que lo lleven a un CAI, porque le están quitando la fuente de ingreso de eso negocio criminal'.
Consumo y no comercialización
El exdefensor del pueblo y exmagistrado Jorge Armando Otálora comentó en este diario que es entendible la preocupación de los padres de familia de ver a sus hijos expuestos a personas que estén consumiendo sustancias sicotrópicas. 'Sin embargo, el Decreto 2114 expedido pasado 7 de diciembre, se refiere exclusivamente al consumo de la dosis mínima, tema que ya ha sido abordado y autorizado por la Corte Constitucional, y no a la comercialización o tráfico de estupefacientes'.
Es decir, agrega, este decreto expedido por el Gobierno 'acata las decisiones' de la Corte Constitucional al no imponer sanciones mediante medidas correctivas del Código Nacional de Policía a quienes sean sorprendidos consumiendo su dosis mínima, 'pero en ningún momento revoca las sanciones del Código Penal que existen y que se encuentran vigentes para quien ‘lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título sustancia’ mayor a la dosis mínima'.
Así las cosas, precisa el jurista, a quienes las autoridades encuentren cometiendo el tipo penal de tráfico, fabricación o porte, siguen expuestos a las sanciones que trae el Artículo 376 del Código Penal.
{"titulo":"El deterioro que trae la droga","enlace":"https://www.elheraldo.co/columnas-de-opinion/jose-manuel-gonzalez/el-deterioro-que-trae-la-droga-columna-de-jose-manuel"}
'Entonces, los llamados jíbaros, hoy más que nunca se encuentran bajo la tutela del Código Penal. Quienes sean sorprendidos comercializando, distribuyendo drogas en las cantidades que no autoriza el Código, pues claramente pueden ser objeto de investigaciones penales y ser avocados a sentencias condenatorias', concluyó el exdefensor.
Restituir el decreto
El expresidente del Congreso y presidente del Partido Conservador, el senador Efraín Cepeda, cuestionó en diálogo con este medio: '¿Quién tiene la razón, aquél que permite que en los parques de las ciudades, los entornos de los colegios y centros educativos se pueda fumar marihuana delante de los niños y jóvenes o tiene la razón el que lo prohíbe, el que no permite que nuestros hijos o nietos estén en un parque de distracciones y al lado estén los consumidores de marihuana y peor aún los microtraficantes?'.
Realmente, añade, que se diga que la Corte dijo o no dijo 'eso será responsabilidad de ella si lo tumba, pero que el Gobierno haya dado ese paso me parece un atentado contra la familia, la sociedad, por eso el Partido Conservador se opuso vehementemente contra el cannabis recreativo en la plenaria del Senado, me parece que realmente cuando uno estudia los países que la han legalizado encontramos que el consumo se incrementa fundamentalmente entre niños y jóvenes'.
{"titulo":"Incumplir acuerdo de paz podría convertirse en perfidia: De la Calle a Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/humberto-de-la-calle-y-juan-fernando-cristo-advirtieron-gustavo-petro-que-el-incumplimiento"}
Advierte en este sentido Cepeda Sarabia que como presidente del partido tiene 'la obligación de defender el principio de la familia como eje de la sociedad, de nuestros niños y jóvenes y rechazamos la derogatoria del Gobierno y el proyecto de legalización del cannabis, porque incrementa el microtráfico, que es el que trae las extorsiones, las bandas criminales y por eso la delincuencia está disparada, por los criterios erróneos del nivel central'.
Anunció finalmente que el próximo miércoles la colectividad azul presentará el anunciado proyecto para restituir el decreto de Duque.
Por su parte, para el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, en esta polémica quien tiene la razón es el Gobierno Nacional 'en la medida en que todo lo que tiene que ver con dosis personal es un asunto que en Colombia está permitido desde 1976 e incluso hoy en día el tema de la cantidad que se porta para fines de consumo resulta relevante'.



















