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La Corte Constitucional tumbó otros dos decretos que estaban incluidos en el paquete del estado de emergencia económica, social y ecológica que había declarado el Gobierno de Gustavo Petro en La Guajira.

{"titulo":"Fijan fecha para las elecciones atípicas en Fonseca, La Guajira","enlace":"https://www.elheraldo.co/la-guajira/ya-hay-fecha-para-las-elecciones-atipicas-en-fonseca-la-guajira-1048641"}

El alto tribunal declaró inexequible el Decreto Legislativo 1275 de 31 de julio de 2023 'por el cual se establecen medidas relacionadas con la focalización de los recursos de los que es beneficiario La Guajira y sus municipios provenientes del Sistema General de Regalías, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento'.

Sin embargo, la Corte determinó concederle 'efectos diferidos a esta decisión por el término de un año, que será contado a partir de la expedición del Decreto 1085 de 10 de junio de 2023, únicamente respecto la presentación de los proyectos y las medidas de focalización a cargo del presupuesto del Sistema General de Regalías en los sectores de agua y acueducto que están dirigidas a conjurar de manera directa, inmediata y conexa la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua'.

{"titulo":"Mujer relató cómo un sujeto presuntamente la intentó asesinar en Fonseca","enlace":"https://www.elheraldo.co/la-guajira/mujer-relato-como-un-sujeto-presuntamente-la-intento-asesinar-en-fonseca-la-guajira"}

La Sala Plena concluyó que era plausible diferir parcialmente los efectos de la inconstitucionalidad por consecuencia de las medidas que fueron establecidas en el decreto bajo estudio.

Asimismo, 'subrayó que La Guajira y sus municipios solo podrán presentar proyectos relacionados con los sectores de agua y acueducto que estén dirigidos de forma directa, inmediata y conexa a conjurar la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua, y en los que se destine, al menos, el 30 % de los saldos no aprobados de los recursos por asignaciones directas y asignaciones para la inversión local. Se resaltó que tales entidades territoriales no podrán presentar nuevos proyectos en otros sectores'.

{"titulo":"Alarma en bananeros del Magdalena y La Guajira por quemas de fincas","enlace":"https://www.elheraldo.co/region-caribe/bananeros-de-magdalena-y-la-guajira-estan-en-alerta-por-quemas-de-fincas-1048573"}

El pasado 2 de octubre la Corte declaró inexequible el decreto 1085 de 2023, por medio del cual se declaró el estado de emergencia en La Guajira por parte del presidente Gustavo Petro. El tribunal decidió que la norma ya no podía ser aplicada debido a que ha sido declarada contraria a la Constitución de Colombia. Asimismo, anunció la concesión de efectos diferidos al decreto.

Quiere decir que, de acuerdo con jurisprudencia de la misma Corte, el decreto no se caerá enseguida, sino que seguirá vivo hasta el próximo 2 de julio de 2024. En ese tiempo, la Corte revisa los demás decretos que salieron en el marco de la emergencia y se insta al Gobierno y Congreso a adoptar medidas.

Finalmente, la Sala Plena invitó al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017.