El Consejo de Estado informó este jueves en un comunicado que la Sección Quinta de ese alto tribunal negó las pretensiones que buscaban anular la elección de Margarita Cabello Blanco como procuradora general de la Nación.
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Las demandas estaban fundamentadas en el supuesto desconocimiento de los principios del mérito, transparencia y separación de poderes, aplicables a la conformación de la terna y a la designación.
Recordó la alta corte de lo contencioso administrativo que el accionante consideró que el ex presidente de la República, Iván Duque, postuló a la demandada sin que mediara una convocatoria pública, y que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado no publicaron resultados sobre la evaluación de las hojas de vida y las entrevistas realizadas a los aspirantes.
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Pero la Sala Electoral encontró que 'la convocatoria pública como regla general no aplica ante la existencia de un procedimiento especial como el contemplado en el artículo 276 constitucional. Dicha norma prevé que el Congreso elige al procurador general de la Nación de una terna enviada por el presidente de la República que, como lo afirmó en el proceso la presidencia, puede presentar a su integrante de manera discrecional ante la inexistencia de un mandato que establezca un procedimiento para el efecto; la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, corporaciones judiciales que cuentan con reglas para dicho proceso de nominación'.
Por último, el Consejo de Estado advirtió que se descartó la violación del principio de separación de poderes, toda vez que 'la participación de las diferentes ramas del poder público en la designación de quien ha de dirigir al Ministerio Público tiene sustento en la propia Constitución de 1991. Así, en el proceso de elección del procurador general de la Nación participan el jefe del Ejecutivo y la Rama Judicial, quienes postulan los candidatos, y la Rama Legislativa, por medio del Senado, quien perfecciona la elección. Este diseño constitucional busca impedir la cooptación del mencionado órgano de control por parte de cualquiera de los poderes del Estado'.




















