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Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, la sala plena de la Corte Constitucional dictaminó que debe ser el pueblo Arhuaco y, en especial, los mamos mayores, quienes elijan a sus cabildos gobernadores.

Por ello, el alto tribunal decidió revocar la medida provisional que dictó dentro de la revisión de la acción de tutela formulada por José María Arroyo Izquierdo contra la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías y Zarwawiko Torres Torres en el caso Nabusímake.

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'La Corte consideró que, para facilitar los espacios de diálogo entre las partes del conflicto y lograr que la comunidad reasuma el control de su gobernabilidad, se debe proceder a revocar parcialmente la medida provisional relativa a la inscripción de los tres cabildos gobernadores', se lee en el comunicado.

Lo anterior, agrega la corporación guardiana de la Carta Magna, 'con la finalidad de que sean los miembros del pueblo Arhuaco, en especial los mamos mayores, quienes puedan dialogar y elegir, conforme a la Ley de Origen, al cabildo gobernador, y adopten las medidas necesarias para recuperar la gobernabilidad'.

Así mismo, en la decisión se mantuvo la suspensión de la inscripción como gobernador de Zarwawiko Torres Torres.

{"titulo":"Corte Constitucional tendrá mayoría de magistradas","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/corte-constitucional-tendra-mayoria-de-magistradas-873227"}

Por su parte, magistrado José Fernando Reyes Cuartas salvó parcialmente su voto argumentando que 'el objeto de amparo se circunscribe a un conflicto de índole electoral propio de la autonomía gubernativa indígena o tribal'.

Señala en este sentido el togado que estos pueblos tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales, incluyendo los propios sistemas de justicia.

'En ese sentido, la Corte debió declararse incompetente para seguir conociendo de este asunto y levantar las medidas provisionales adoptadas, ya que su intervención ha expuesto los derechos de autoafirmación, autodefinición y autolimitación', advirtió Reyes.

Y la magistrada Diana Fajardo Rivera aclaró el voto.