Este lunes el Área Metropolitana de Barranquilla informó que se realizaron las primeras 40 sanciones a conductores y propietarios de vehículos particulares por prestar servicio público y no estar autorizados.
{"titulo":"Descubren red que explotaba sexualmente a menores cerca a sede de la Fiscalía","enlace":"https://www.elheraldo.co/judicial/capturan-mujeres-que-explotaba-sexualmente-menores-en-el-centro-de-barranquilla-958467"}
De acuerdo con la entidad, estas personas ya habían sido sancionadas por la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial en cumplimiento a la resolución 015 de la Supertransporte y al artículo 46 de la Ley 336 de 1996.
La labores de control y vigilancia se llevaron a cabo en los últimos días en la calle 30, Circunvalar, Murillo, carrera 38 y calle 72, entre otros.
La AMB también reiteró que estas sanciones fueron presentadas en primera instancia y hacen partes de cerca de 1.000 expedientes que cursan diferentes etapas.
Así mismo, aseguró que en caso de reincidencias, a los conductores se les puede cancelar la licencia.
{"titulo":"Gobernación ofrece 15 vacantes laborales a jóvenes barranquilleros ","enlace":"https://www.elheraldo.co/atlantico/practicas-laborales-gobernacion-ofrece-trabajo-15-jovenes-practicantes-en-barranquilla"}
Entre tanto, Libardo García Guerrero, Director de la AMB, invitó a conductores y dueños de vehículos particulares a formalizarse y cumplir con los requisitos de ley para la prestación del servicio público de transporte.
'El servicio público de transporte debe ser prestado por empresas, personas naturales o jurídicas, legalmente constituidas, de acuerdo con las disposiciones colombianas y debidamente habilitadas por la autoridad de transporte competente'.




















