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Una tutela presentada por la administradora de un centro de prostitución en el municipio de Chinácota (Norte de Santander), a quien la Alcaldía le ordenó, en julio de 2016, la suspensión temporal de su funcionamiento, revive el debate sobre si los municipios pueden tener la facultad de restringir el oficio sexual tomando como argumento el uso del suelo determinado en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

La Corte Constitucional realizó el pasado jueves una audiencia pública para escuchar argumentos ciudadanos e institucionales, con el fin de poder determinar si en efecto los alcaldes tienen la potestad de limitar el oficio sexual a través del POT, frente al amparo de los derechos a la igualdad, al trabajo y al mínimo vital.

Sin embargo, esta discusión ya había ocurrido en noviembre de 2015, cuando la Corte ordenó a la Alcaldía de Yopal que en su plan de desarrollo 'incluyera políticas públicas que ofrezcan oportunidades laborales para los trabajadores sexuales', al fallar una tutela interpuesta por una mujer que argumentó que la Alcaldía, el Concejo Municipal y la Inspección de Policía 'le violaron sus derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, al trabajo, al mínimo vital y al debido proceso al sellar su establecimiento', ya que el POT no permitía casas de prostitución en la zona en que se encontraba ubicado su negocio.

Durante la audiencia del pasado jueves, la representante de la Defensoría del Pueblo, Paula Robledo Silva, señaló que 'es inconstitucional que los municipios prohíban a través de los POT o EOT la realización de actividades lícitas como la prostitución y con ello vulneren derechos. El ejercicio de la autonomía territorial no ampara la vulneración de las obligaciones fundamentales y no implica soberanía, dado el carácter unitario del Estado y una fuerte reserva de ley'.

'En B/quilla, sin restricción'

Los casos permiten analizar cómo funciona en Barranquilla el POT frente al oficio sexual. EL HERALDO consultó a funcionarios del Distrito, urbanistas y especialistas en el tema para analizar lo que establece la norma en la ciudad.

La secretaria de Planeación Distrital, Margarita Zaher, explicó que desde el marco de ordenamiento de ciudad, Barranquilla 'tiene unos sitos dispuestos para los centros de oficio sexual', pero también garantiza la permanencia de establecimientos en las zonas en las que ya estaban antes del POT que entró a regir en 2014.

Para este último punto, 'los propietarios deben demostrar con documentos que esos locales estaban allí desde antes, eso les da una garantía de preexistencia que el POT permite. Por lo tanto, el Distrito, desde lo urbano, no restringe ese tipo de actividades', precisó la funcionaria.

Por su parte, Henry Cáceres, secretario de Control Urbano y Espacio Público, manifestó que desde su dependencia lo que se hace es acudir al establecimiento, una vez se realiza la denuncia, 'para constatar si el local opera bajo los términos de legalidad'.

'Solicitamos la documentación y revisamos a ver si el uso de suelo permite el funcionamiento del establecimiento. De no ser así se cierra el negocio. Pero hay que dejar claro, que la clausura no se da por el oficio, sino por lo que dispone el POT en cuanto a su funcionamiento en la zona donde esté ubicado', precisó Cáceres.

Frente al tema, el arquitecto, urbanista y docente universitario, Porfirio Ospino, señaló que la norma 'es clara', por lo tanto si algún comerciante (cualquiera que fuera) ubica su negocio fuera de los límites establecidos 'estaría yendo en contra de las normas urbanísticas y, por lo tanto, habría que cerrarlo', es decir que el ejercicio de la prostitución no es causal, por sí mismo, para el cierre de un establecimiento.

'Pot complejo'

Los alcaldes, sentenció el especialista, 'pueden cerrar negocios que incumplan, por su localización, los usos establecidos en el POT, pero no prohibir la actividad. De hecho, el Decreto 4002 de 2004 fija las condiciones para la localización de la actividad en los municipios'.

En cuanto a Barranquilla, Ospino advirtió que el POT de la ciudad es 'complejo', por cuanto 'no precisa con claridad la zona destinada para la actividad del oficio sexual. Debes mirar una norma por un lado, leer decreto en otra parte, revisar planos, matriz de uso para ver si son compatibles. Solo haciendo ese ejercicio se puede determinar el sitio donde queda establecida la actividad'.

En cuanto a la cantidad de locales dedicados a este oficio en la ciudad, Alejandro Duarte, ex directivo de la Unión Nacional de Comerciantes (Undeco) seccional Atlántico, explicó 'que no existe una cifra oficial dado a que la mayoría de estos comercios se registran bajo otra razón social'.

'En el centro de Barranquilla debe haber como 600 locales que se dedican a actividad relacionadas con moteles, bares, residencias y estaderos', precisó Duarte. Probablemente, algunos de ellos también permiten u ofrecen trabajo sexual.

Se espera que esta semana la Corte determine el fallo, una decisión que podría sentar jurisprudencia para reglamentar el uso del suelo y el funcionamiento de los centros dedicados al lenocinio.

'A las mujeres se les ofrece un trabajo común y corriente'

El cierre temporal del establecimiento se dio, entre otras cosas, después de que la inspección de Policía realizara una revisión de las condiciones del inmueble, en donde se encontraron situaciones 'deficientes de salubridad e inclusive un menor de edad'.

Sin embargo, en una posterior visita de los funcionarios del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar (ICBF), determinó que 'no se encontró evidencia sobre la presencia de menores de 18 años'.

Durante la audiencia, la accionante de la tutela señaló que desde el cierre del establecimiento se quedó sin trabajo, 'por el momento me he sostenido mediante la comercialización de productos que se dan en una finca que tengo, pero empleo formal para sobrevivir no tengo, y he tenido dificultades para sostener a una nieta que tengo a cargo'.

La administradora aseguró que 'no había podido' generarles empleo a las personas que trabajaban para ella. 'No tengo contrato con ellas. Como son mujeres cabeza de familia, yo solo les presto los cuartos para que ellas trabajen. En ningún momento les he impuesto tarifas, ellas negocian el servicio con los clientes'.

'A las mujeres se les está ofreciendo un trabajo común y corriente sin discriminación para sostener a sus hijos, para tener una vida más digna', manifestó la accionante.

En cuanto al tema, Claudia Quintero, directora de la Corporación Anne Frank, expresó que en los 'burdeles hay que beber alcohol, hay que llevar una vida nocturna, en el burdel no se te garantiza ningún derecho porque solo eres mercancía... El Estado no puede asegurar que en un prostíbulo se garanticen los derechos laborales'.

Durante la audiencia se escuchó, además, la intervención de Héctor Santaella, asesor y consultor en medio ambiente, quien planteó que 'la prostitución hace parte de la normalidad de los municipios y del mundo, por eso merece un estudio serio y por lo tanto las autoridades locales deben adoptar el uso del suelo para que las actividades legítimas puedan ser desarrolladas. Restringirlas supondría un ejercicio contra leyes de esa competencia'.

Frente al tema del uso del suelo para el oficio, Juan Felipe Pinilla, consultor en ordenamiento territorial, manifestó que la zonificación en cuanto al uso del suelo 'ha propiciado exclusión y discriminación'.

La norma en Barranquilla

En Barranquilla, la zona sugerida para locales sexuales, según el POT de 2104, se encuentra en el sector de Barranquillita, entre las carreras 41 y 38 y las calles 8 y 6, Polígono Comercial 5. Este lote mide aproximadamente más de 10 hectáreas, donde en la actualidad se encuentra un estacionamiento y una fábrica.

Según la norma el perímetro cumple con lo establecido en el Decreto 4002 de 2004, el cual señala 'que los nuevos establecimientos de servicios de alto impacto referidos a la prostitución y actividades afines no podrán ubicarse a distancias inferiores de 200 metros lineales de las zonas de uso residencial, institucional educativo, de salud, cultural, recreativo y religioso, de carácter público, privado o mixto.

En este lugar también pueden haber baños turcos, sauna y baños de vapor, solarios, y salones de masajes, agencias que se encargan de la contratación de acompañantes o de poner en contacto entre sí a personas que buscan compañía o amistad y servicios de citas.