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A partir de las 7:00 de la noche de este viernes empieza a cumplirse el decreto que prohíbe la circulación de personas y el consumo de bebidas embriagantes en el Atlántico.

La decisión que tomó la Gobernación de manera concertada con los municipios tiene el propósito de preservar la salud y la vida, evitando la propagación de la covid-19 en el departamento.

El decreto indica que bajo ninguna circunstancia se permiten actividades como eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Y aunque no se prohíbe el expendio de bebidas embriagantes, no está permitido el funcionamiento de discotecas y sitios de baile ni el consumo de estas bebidas en espacios públicos o establecimientos de comercio.

Fechas

El decreto que no incluye a Barranquilla establece la fecha que, de acuerdo con el calendario, estaba prevista para la celebración del Carnaval 2021. Los días son: 13, 14, 15 y 16 de febrero. (Ver recuadro).

Excepciones

La medida contempla algunas excepciones como la asistencia y prestación de servicios de salud, adquisición de bienes de primera necesidad y mercancías de ordinario consumo como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, artículos para el aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo.

Las tiendas o supermercados solo podrán atender prestando servicios a los domicilios de los clientes o mediante las plataformas electrónicas.

La Gobernación reiteró el llamado a los atlanticenses a mantener las medidas de bioseguridad.