El alto tribunal determinó que se suspenderá de manera provisional esta normativa hasta que la Sala Plena “profiera una decisión definitiva respecto de la constitucionalidad del mencionado decreto”.
El alto tribunal avaló el artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo, pero identificó una “omisión legislativa”.
Según el secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Ocampo, sustentó el recurso en las declaraciones de renta hechas públicas por los magistrados Héctor Carvajal, Carlos Camargo, Vladimir Fernández, Miguel Polo Rosero, y por las magistradas Natalia Ángel, Paola Andrea Meneses y Lina Marcela Escobar.
Alegan que la medida es “inconstitucional”, y genera efectos adversos que afectan a las empresas generadoras de energía.
Desde el Ministerio de Hacienda se alertó sobre los efectos que tendrá el ajuste en el gasto público en el suministro eléctrico de 5 millones de personas en la región. Gremios y autoridades aclaran que se debe buscar mecanismos justos.