El Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Sincelejo condenó a Pablo Emilio Borda Torres por el delito de explotación ilícita de yacimientos mineros y otros materiales en concurso con daño en los recursos naturales.
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La pena impuesta por la administradora judicial es de 3 años, además del pago de una multa de más de 136 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2013 a nombre de la Nación - Consejo Superior de la Judicatura.
Por el mismo tiempo de la pena, es decir, los 36 meses, estará inhabilitado para ejercer funciones públicas.
El daño en los recursos naturales no le fue contabilizado en la pena por la prescripción de la acción penal dado que el caso materia de investigación ocurrió en el años 2013, 'cuando servidores de la policía judicial adscritos a la unidad de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, informaron, con base en una fuente no formal, que en el caserío Gualón del municipio de Toluviejo, Sucre, se realizaban labores de explotación ilícita de minería, generando un impacto negativo al medio ambiente y sus recursos naturales, debido a que la extracción minera se llevaba a cabo sin el cumplimiento de la normatividad existente, así mismo, utilizando maquinaria pesada como retroexcavadoras, buldócer y camiones para el transporte de material'.
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A esto se suma que la Agencia Nacional de Minería en las coordenadas descritas indicó que se carecía de título minero debidamente inscrito y de licencia ambiental, 'cuestión que inhabilitaba a las personas mencionadas para la explotación de minerales del subsuelo del Estado Colombiano y para la comercialización y distribución de dichos minerales'.
En la investigación lograron establecer además que Pablo Emilio Borda Torres, nacido en el municipio de Sogamoso, Boyacá, y residenciado en Sincelejo, 'comercializó, transformó y distribuyó minerales; y que empleaba un permiso otorgado por la Corporación Autónoma Regional de Sucre CARSUCRE y unas solicitudes de legalización de minería tradicional (con placas OKF-09291 y PF6-09341), como disfraz para ejercer la explotación minera, sin embargo, no contaba con título minero ni licencia ambiental. Además, que la actividad que ejercía ocasionó graves daños a los recursos naturales y al medio ambiente'.
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