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El Consejo Nacional Electoral (CNE) devolvió el miércoles a la Registraduría la consulta sobre el registro del comité recolector de firmas ‘Reset Total Contra el Narco y los Corruptos’, con el que el exalcalde de Medellín Daniel Quintero pretende postularse a las elecciones presidenciales del próximo año.

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El CNE explicó que su oficina jurídica recibió el expediente mediante el cual el registrador delegado en lo Electoral, Jaime Hernando Suárez Bayona, consultó “sobre la procedencia o no de realizar el registro del grupo significativo de ciudadanos denominado ‘Reset Total Contra el Narco y los Corruptos’, que tiene la intención de postular a Daniel Quintero Calle para las elecciones a la presidencia de la República”.

Al revisar el contenido de la consulta, el CNE concluyó que el asunto es competencia del registrador Nacional del Estado Civil, Hernán Penagos Giraldo, o el registrador delegado en lo electoral, Jaime Hernando Suárez Bayona.

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Esto de acuerdo con el artículo tercero de la Resolución No 6064 del 22 de mayo de 2025: ″Competencia para el registro del comité inscriptor de candidaturas por grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y promotores del voto en blanco. El comité debe registrarse ante el registrador nacional del estado civil o el registrador delegado en lo electoral".

Por lo anterior, el CNE dio traslado por competencia del caso a la Registraduría.

Daniel Quintero reaccionó a través de su cuenta de X: “Después de este fallo del CNE esperamos que la Registraduría no busque más excusas para evitar mi inscripción como candidato a la Presidencia de la República”.

El lío radica en la renuncia tardía de Daniel Quintero a la consulta cerrada del Pacto Histórico, que se celebró el pasado domingo 26 de octubre y tuvo como ganador al senador Iván Cepeda.

El exalcalde de Medellín dio un paso al costado un par de semanas antes de la consulta, cuando ya la Registraduría había impreso los tarjetones con su nombre y la logística electoral no permitían su reimpresión, según dejó saber la entidad en un comunicado.

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Así que aunque Quintero había renunciado a la consulta pudo recibir votos porque apareció en el tarjetón y la Registraduría procesó y publicó los sufragios a su favor.

La Ley 1475, en sus artículos 6 y 7, establece que quien participa en una consulta se somete a sus normas y debe acoger las decisiones tomadas por los partidos que la componen. Los acuerdos de la coalición gobiernista indican que los perdedores de la consulta apoyarían al ganador.

Ante este panorama, el registrador Penagos indicó que si el aspirante a la Presidencia, así como cualquier otro candidato derrotado busca inscribirse a través de un mecanismo diferente, como la recolección de firmas, esta solicitud debería ser remitida al Consejo Nacional Electoral (CNE), que ahora le devolvió el caso por competencia.