El Juez Tercero Penal Municipal, Édgar Bonilla, decretó la ilegalidad de las capturas de Steven Jesús Barrios Palacio (25 años), Jorge Akle Barrios (22 años) y José Eduardo Daza Carrascal (24 años) arrestados el pasado sábado por agentes de la Sijín en un edificio ubicado en la calle 92 con carrera 44, del barrio La Campiña.
Los capturados son señalados por la Fiscalía 2a. Seccional URI de intentar robar cinco mangueras contra incendios avaluadas en 2 millones de pesos.
En la diligencia judicial, a la cual nuevamente el juez Bonilla prohibió el ingreso de la prensa, el togado argumentó que 'los tres detenidos no fueron capturados en flagrancia, ya que las fijaciones fotográficas de la Fiscalía no muestran evidencias de eso'.
El juez argumentó también que la persona que interpuso la denuncia penal no se encontraba en el lugar al momento de los hechos.
Sin embargo, el togado legalizó la incautación de la Chevrolet Captiva de placa DZL 617, en la que se movilizaban los tres presuntos delincuentes.
Uno de los abogados defensores argumentó que tampoco fue aportado el video por medio del cual la Fiscalía acredita la autoría del comportamiento delictivo' y que la captura de los presuntos asaltantes fue realizada por particulares, mientras que otro abogado manifestó que los elementos que hurtados no fueron encontrados en manos de los indiciados sino debajo de un vehículo, como aparece en el informe realizado por investigadores judiciales.
Ante los argumentos, el Juez Tercero Penal Municipal decretó la ilegalidad de las capturas de los supuestos delincuentes y ordenó que fueran dejados en libertad de inmediato una vez concluyó la audiencia a altas horas de la noche del domingo, diligencia que se llevó a cabo en la sala 5 del Centro de Servicios Judiciales de Barranquilla.
El Fiscal Segundo Seccional de la URI apeló la decisión del Juez por lo que los tres jóvenes siguen vinculados a la investigación penal en su contra.
Jorge Akle Barrios cursa una carrera de derecho y presenta antecedentes por homicidio en hechos ocurridos en 2013, Steven Barrios Palacios registra una notación por porte de estupefacientes mientras que José Eduardo Daza Carrascal es estudiante de administración marítima fluvial y no presenta anotaciones.
Prohibido el ingreso
El juez prohibió el ingreso a la audiencia de EL HERALDO argumentando, según uno de los policías que custodiaba a los capturados, que estaba 'llena la sala'.
Sin embargo, la ley señala que las audiencias son públicas y tendrán acceso a ellas, además de los intervinientes, los medios de comunicación y la comunidad en general.
Se exceptúan los casos en los que el juez considere que la publicidad de los procedimientos pone en peligro a las víctimas, jurados, testigos, peritos y demás intervinientes; se afecte la seguridad nacional; se exponga a un daño psicológico a los menores de edad que deban intervenir; se menoscabe el derecho del acusado a un juicio justo; o se comprometa seriamente el éxito de la investigación.