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Emiliano Zuleta Baquero y Carlos Vives.
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Polémica por los derechos de ‘La gota fría’

Ante el lío jurídico entre una productora y la familia Zuleta, Carlos Vives habría decidido no interpretar la canción que lo hizo célebre con ‘Los clásicos de la provincia’.

Un lío jurídico por los derechos patrimoniales de la ‘gota fría’, la célebre canción de Emiliano Zuleta Baquero, ‘El Viejo Mile’, habría llevado a Carlos Vives, quien la incluyó en su éxito ‘Los clásicos de la provincia’, a no interpretarla en sus conciertos.

“En estos momentos al parecer existe una discusión jurídica sobre quién tiene los derechos, si se trata de la editora musical Prodemus, que alega ser la titular de esos derechos desde hace muchos años o la familia Zuleta que también tiene una pretensión sobre los mismos derechos”, dijo Eduardo Valera, asesor jurídico de Carlos Vives.

María Zuleta, hija del viejo Emiliano, sostuvo que “Carlos Vives había hablado con mis hermanos y dijo que una persona le había impedido cantar ‘La gota fría’ en un concierto porque el tipo decía que era de él, y ellos entonces apoderaron a un abogado”

La Sociedad de Autores y Compositores, Sayco, aclaró que maneja los derechos de ejecución pública de la canción y que las regalías son pagadas a los herederos de Emiliano Zuleta. “Si hay una  editora la autoriza pero para uso audiovisual, pero para la ejecución pública la autoriza Sayco, que la representa”, dijo José Ignacio Ovalle, coordinador de la sociedad en Cesar.

El abogado de la familia Zuleta, Álvaro Morón Cuello, indicó que “Emiliano Zuleta firmó en 1976 y 1994 unos contratos que se interpretan como un simple mandato de administración de regalías y de ninguna manera podría determinarse como una cesión de los derechos patrimoniales. Este contrato lo armó con Prodemus Limitada, que hoy en día es una empresa liquidada totalmente, y crearon una nueva sociedad que se llama Prodemus SAS, que es la que recauda las regalías de ‘La gota fría’, explicó el jurista a un medio local.

Sostuvo que “no hubo cesión de derechos de autor que faculte a Prodemus SAS que son los titulares de los derechos patrimoniales, máxime cuando fue el mismo Prodemus que decidió armar un contrato de mandato y administración de regalías, dejando sin valor el contrato que se habría rubricado en 1976”.

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