La Corte Constitucional ordenó devolver a la Cámara de Representantes la reforma del Gobierno al sistema de pensiones, que había sido aprobada el año pasado, para que subsane un “vicio de procedimiento”, por lo que esta iniciativa no entrará en vigor el próximo 1 de julio, como estaba previsto.
Precisamente la Sala Plena de la Corte informó en un comunicado que ordenó “al presidente de la Cámara de Representantes (Jaime Raúl Salamanca) que, con el propósito de subsanar el vicio de procedimiento en el que se incurrió en el trámite” de la reforma pensional, vuelva a discutir una proposición para “acoger el texto aprobado por la plenaria del Senado”.
Sobre ese tema, El presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, sostuvo que esta decisión “es un aire y un regalo que se le da al Gobierno nacional”.
“La función de la Corte Constitucional es declarar exequible o inexequible, bien sea por fondo o por vicio de trámite los proyectos de ley que tramita el Congreso de la República”, manifestó el vocero de los comerciantes.
Entre tanto, la presidenta de la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia), María Claudia Lacouture, sostuvo que la decisión de la Corte Constitucional de devolver a la plenaria de Cámara Colombia el texto de la Reforma Pensional reafirma la importancia de respetar el debido proceso legislativo. “El país necesita debates rigurosos”.
En diálogo con EL HERALDO, Camilo Cuervo, socio en Holland & Knight, recalcó que ningún artículo se mantiene vigente. “La entrada en vigencia era el 1 de julio, pero ya hay efectos muy concretos, por ejemplo, la gente que estaba pendiente de esa fecha para terminar su transición, pues ya esta no será la fecha de referencia, y será la que determine el Congreso”.
Y agregó: “La norma está suspendida por completo, entonces, temas como el traslado express, que ya estaban vigentes desde el 16 de septiembre del año pasado y que iba a terminar el 16 de septiembre de 2026, quedan quietos hasta que la Cámara vuelva a debatirlo y se concilie con el Senado de la República”.
De acuerdo con la Corte Constitucional, una vez se subsane el vicio de procedimiento, el presidente de la Cámara de Representantes deberá presentar un informe a la Corte sobre el cumplimiento de esta decisión para que la Corte “se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad” de la reforma pensional.