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Colombia

No existen irregularidades: jueces a PGN sobre libertad de voceros de paz

Dice que jueza que ordenó libertades sí era competente y que la ley no exige para este caso notificación al Ministerio Público.

A través de un comunicado emitido este miércoles, el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá respondió la denuncia de la Procuraduría por las presuntas anomalías que se habrían registrado en las liberaciones de los jóvenes Santiago Márquez y Adriana Bermeo, señalados de delitos en el marco del paro nacional y designados como voceros de paz por el Gobierno.

"No existen irregularidades en la suspensión de las medidas de aseguramiento y, por ende, en las libertades otorgadas a los ciudadanos Adriana Esperanza Bermeo Súa y Santiago Márquez Charris, integrantes de la 'primera línea' por cuanto la decisión obedeció al cumplimiento de la orden presidencial plasmada en el Decreto 2422 del 9 de diciembre de 2022 y la resolución 298 del 15 de diciembre de 2022", se lee.

Precisa la coordinación judicial que de acuerdo con la Circular 001 del 19 de enero de 2005 de la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, "los imputados que, por disposición del juez de control de garantías quedan privados de la libertad, quedarán a disposición del juez coordinador del Centro de Servicios Judiciales".

Esta situación, pone de presente el Complejo Judicial de Paloquemao, es la que "ocurre con los señores Adriana Esperanza Bermeo Súa y Santiago Márquez Charris luego de la medida de aseguramiento privativa de la libertad impuesta por un juez de garantías".

La decisión, agrega, fue tomada con fundamento entre otras disposiciones en la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014, 1779 de 2016, 1941 de 2018 y 2272 de 2022; así como el Decreto 2422 de 2022.

Estas, explica el documento, "en momento alguno, salvo mejor interpretación, exigen la notificación previa a una institución determinada con el fin de dar cumplimiento a la orden presidencial".

El procurador delegado para el Ministerio Público en Asuntos Penales (e), Jairo Acosta, había advertido que "la jueza coordinadora del Centro de Servicios del Complejo Judicial de Paloquemao, en Bogotá, no tenía competencia para decretar la libertad de los dos jóvenes de la primera línea que serán voceros de paz", y que esa medida había sido "una decisión de escritorio, adoptada sin convocar a ningún sujeto procesal o interviniente, lo que impidió que se diera un debate en torno a la procedencia de esas libertades de acuerdo con la constitucionalidad y la legalidad".

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