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Colombia

Cadena perpetua: ponencia de la Corte pide tumbarla

La magistrada Cristina Pardo considera que la medida va en contra de la dignidad de las personas.

La magistrada de la Corte Constitucional, Cristina Pardo, presentó una ponencia para el estudio de sus colegas en la que pide tumbar la ley que estableció la cadena perpetua para asesinos y violadores de niños.

La togada, al estudiar varias demandas en contra del acto legislativo, que advertían que la medida iba en contra de la dignidad humana, expone en un documento de 150 páginas que “el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución”.

Precisó que “afectó un eje definitorio de la Carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”.

Así mismo, cuestionó que la reforma constitucional no es una medida idónea para asegurar la protección de los menores de edad y, además, atenta contra la posibilidad de resocialización del reo.

“(...) La pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula; y en contraste, genera efectos tan graves a la dignidad humana de la persona condenada y al sistema penitenciario actual, que no es una medida proporcional ni efectiva”.

Y pide declarar inexequible el acto legislativo, también, por los niveles de hacinamiento de las cárceles del país.

“Todos los efectos negativos son más graves en circunstancias de hacinamiento como las que se presentan en el sistema carcelario colombiano, en razón a la falta de servicios de salud, alimentación, entre otros, que no se garantizan de forma plena”, dijo.

Continuó: “La ausencia de estas condiciones mínimas de subsistencia digna en un centro carcelario, además de estar sometido a un encierro perpetuo, puede configurar en un trato inhumano, cruel y degradante, prohibido por el artículo 12 de la Constitución”.

Contra la reforma constitucional aprobada por el Congreso y de origen gubernamental y de la coalición oficialista, se presentaron 13 demandas en total ante el alto tribunal defensor de la Carta Magna, que además debía ejercer el control de constitucionalidad de las leyes estatutarias como la reglamentación del acto legislativo.

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