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En medio del análisis jurídico que adelanta la Corte Constitucional sobre la emergencia económica proclamada por el presidente Gustavo Petro, la Procuraduría General de la Nación presentó su concepto oficial acerca de la constitucionalidad de la medida, cuyos efectos fueron suspendidos de manera provisional por el alto tribunal a través de una medida cautelar.

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Asimismo, el documento firmado por el procurador general Gregorio Eljach, el Ministerio Público pidió declarar inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 en varios de sus apartes, al considerar que no se cumplen los requisitos establecidos en la Constitución para declarar el estado de emergencia económica y social.

“Asimismo, que declare la inexequibilidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 en lo relacionado con los hechos y consideraciones asociadas a (i) la necesidad de recursos en el sector defensa y en lo concerniente a la gestión de la Unidad Nacional de Protección, (ii) la atención de emergencia causada por el desastre natural, (iii) el pago de sentencias judiciales y el pago de obligaciones atrasadas”, se lee en el documento.

Por otro lado, uno de los ejes centrales del pronunciamiento está relacionado con el sector defensa. Al respecto, advierte que “ante este panorama, el Ministerio Público considera que no procede la declaratoria del Estado de Emergencia Social y Económica respecto de estos hechos, pues, sin desconocer la relevancia de los mismos y su necesidad de atención, la situación actual es producto de fallas en los procesos de planeación del Gobierno nacional y las entidades públicas involucradas que, al momento de solicitar, asignar y priorizar los gastos, desconocieron el panorama y las realidades del país en materia de seguridad”.

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Además, en cuanto a los argumentos vinculados con el cambio climático y los desastres naturales, la Procuraduría sostuvo que “el Estado ya actuó para la atención de esos eventos, de modo que acudir a los mismos hechos para una declaratoria de emergencia económica y social podría desdibujar la naturaleza de aquellas herramientas de planeación y gestión del riesgo”.

Asimismo, agregó que “no se superó el requisito de sobreviniencia propio del presupuesto fáctico, en tanto el Gobierno nacional no acreditó que el cambio climático y la incidencia estructural que conlleva haya agravado la situación de desastre natural ya advertida en el territorio nacional y en el departamento de Cundinamarca, de donde se deduciría la necesidad de giro de recursos adicionales por el carácter extraordinario de las circunstancias”.

No obstante, el concepto introduce una salvedad en materia de salud. En este punto, el órgano de control solicitó que el decreto sea declarado exequible únicamente frente a los hechos y consideraciones relacionados con la garantía del aseguramiento en salud, derivados de la equiparación de la unidad de pago por capitación.

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En ese sentido, precisó: que “por las razones expuestas, la Procuraduría General de la Nación le solicita a la Corte Constitucional que declare la EXEQUIBILIDAD del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, ‘por el cual se decreta el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional’, únicamente respecto de los hechos y consideraciones relacionados con la garantía del aseguramiento en salud producto de la equiparación de la unidad de pago por capitación”.

También, sobre este aspecto añadió que “el juicio de sobreviniencia se cumple. Además de tratarse de una cuestión relacionada con la problemática estructural en materia de salud, es cierto que la crisis fiscal y de iliquidez acaecida agravó esa situación. Lo anterior, porque para equiparar la prima pura en ambos regímenes se requiere un considerable aumento en los recursos exigidos y así cumplir con la obligación en la vigencia 2026, de manera que la posible falta de pago de estos recursos agudizaría e impactaría negativamente en la problemática estructural”.

Finalmente, el pronunciamiento del Ministerio Público se convierte así en un elemento determinante dentro del estudio que adelanta la Corte Constitucional, que deberá definir de fondo la validez del decreto. El alto tribunal tiene plazo hasta abril para dar a conocer su decisión definitiva sobre la emergencia económica declarada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

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