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La Registraduría dio a conocer este sábado las respuestas a las preguntas enviadas en días pasados por el ministro del Interior, Armando Benedetti, sobre los ‘softwares’ electorales para los comicios de Congreso, consultas y Presidencia de este año.

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La primera consulta de la cartera política fue si “¿en las pruebas del sistema los auditores de los partidos pueden usar datos propios o generados por ellos mismos?”. A lo que la Organización Electoral contesta: “El código fuente de los sistemas de escrutinio, preconteo, sorteo de jurados de votación, consolidación y divulgación, está disponible para una revisión independiente de los auditores de partidos políticos”, que “se puede realizar en las salas de auditoría preparadas para ese fin en las instalaciones de la Registraduría”, donde “se tiene previsto un espacio para que los auditores puedan realizar una revisión detallada el código fuente de los sistemas”.

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“¿Cómo se garantiza que la versión del ‘software’ de escrutinios, que es auditado antes de las elecciones sea exactamente la misma que se utiliza el día electoral?”, fue el segundo cuestionamiento, frente al que la respuesta fue que “la entidad posterior a la exposición y disposición del código fuente, realiza una diligencia de congelamiento de código fuente y de registro y custodia de cada uno de los ejecutables y código fuente del ‘software’”, y que “en este proceso se genera el ‘hash’ el cual el día de la elección vuelve y se genera nuevamente y el mismo coincide con el generado el día del congelamiento”.

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También preguntó el Gobierno si los auditores del ‘software’ suscriben contratos o acuerdos de confidencialidad y si dichos acuerdos limitan la posibilidad de hacer públicos hallazgos técnicos o advertencias sobre el sistema. A lo que contestó la Registraduría: “La diligencia de disposición del código fuente enfocada a los auditores, no requiere la firma de algún compromiso de confidencialidad, sin embargo será restringido el uso de dispositivos celulares, videograbación, entre otros. Por otro lado, en caso de evidenciar algún hallazgo, la auditoría deberá documentarlo a través del formato de registro de observaciones dispuesto para la diligencia”.

De igual modo consultó el Ministerio del Interior cuál sería el protocolo en caso de que una auditoría técnica evidencie fallas en el algoritmo de conteo de votos: “La entidad evaluará y analizará la novedad presentada y así mismo se informarán las medidas a tomar para abordar dicho hallazgo”.

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“¿Qué mecanismos técnicos y de control existen para garantizar que los datos transmitidos telefónicamente desde cada mesa coincidan exactamente con el contenido del E-14 físico y que cualquier error de transmisión sea detectado y corregido oportunamente?”, se lee en la pregunta. “Para la transmisión telefónica de resultados de los E-14 hacia el proceso de preconteo, está determinada bajo el protocolo de transmisión y recepción, el cual busca minimizar el riesgo de equivocación de transmisión de datos combinando controles humanos y del sistema, tales como, aplicar la repetición y confirmación de cada dato transmitido, así como también las validaciones propias del sistema tales como confirmación de Divipole, código de transmisión, corporación, código de partido y código de candidato, así como también las validaciones de potencial de mesa (mesas excedidas) y mesas en cero”, se lee en la respuesta.

Así mismo, cuestionó el Ejecutivo: “En el formulario E-14 se registra en la parte superior el total de votos depositados en la mesa. El sistema genera alertas cuando la suma de los votos por partido supera ese total. Desde el punto de vista técnico, ¿el sistema aplica también una validación automática cuando la sumatoria queda por debajo del total de votos registrados? En caso negativo ¿cuál es la razón técnica para que ese control opere en un sentido y no en el otro, tanto en el preconteo como en el escrutinio?”.

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Y respondió la entidad electoral: “El número total de sufragantes registrados en el E-11 no puede ser superior al número de votos en la urna. En la mesa los jurados hacen lo que se denomina el balanceo de mesa, y en comisiones escrutadoras el sistema genera una alerta a los jueces para que de ser así revisen en primer lugar lo leído y digitado, y si procede realicen un recuento de votos. Adicionalmente, hoy existe una doble digitación en el escrutinio para darle mayores controles y garantías al proceso. El número de votantes puede ser superior a los votos en la urna porque en Colombia no existe una sola tarjeta electoral, y hay libertad en el votante, de tal suerte que un ciudadano puede votar por Cámara y no por Senado”.

Y concluye Benedetti consultando si la Registraduría tiene previsto publicar los datos completos del preconteo, boletín por boletín, indicando qué mesas entraron en cada corte, de manera que se pueda entender y verificar cómo evolucionaron los resultados. Frente a lo que la Registraduría contestó: “Después de la generación de cada boletín, los auditores de sistemas de las organizaciones políticas reciben un archivo plano mesa a mesa con la votación, de la información transmitida para ese boletín”.