Demostrado quedó que el uso de la Inteligencia Artificial (IA) no es bueno en todas las esferas, por lo menos no en el ámbito judicial, pues la Corte Suprema de Justicia ya anuló la primera sentencia que se basó en argumentos extraídos de esta y que son inexistentes.
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El caso, que sienta un precedente en la jurisprudencia, se produjo en la ciudad de Sincelejo (Sucre), en la Sala Civil - Familia Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo, que integran los magistrados Alejandra Henao Palacio, Claudia Patricia Pizarro Toledo, Holguer Torres Mantilla y Mónica Vázquez Alfaro, esta última en calidad de presidenta de la Sala 2025- 2026.
De acuerdo con la Corte, estos magistrados en una sentencia que decretó la terminación de un proceso por desistimiento tácito, citaron argumentos de sentencias de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia que no eran ciertos.
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“Los párrafos transcritos por el tribunal accionado son inexistentes, pues no forman parte de la jurisprudencia que utilizó para resolver el problema jurídico planteado por la apelante, pues esas citas no corresponden al sentido, alcance ni literalidad del contenido de las sentencias expedidas por esta Corte”, dijo la Sala Civil con ponencia de la magistrada Adriana Consuelo López, agregando que con esta actuación hubo violación al debido proceso de la accionante por una argumentación insuficiente y carente de sustentos veraces.
A su vez señaló la Corte que “ni los jueces ni la inteligencia artificial pueden inventar precedentes” porque tienen un papel fundamental para la construcción de confianza legítima de los particulares en el Estado, y por ello recordó que la Sentencia T-323/24 de la Corte Constitucional advirtió que la falsedad de una motivación en una providencia judicial, en lo que tiene que ver con el uso de IA, se puede dar cuando esta produce alucinaciones que no son advertidas por el funcionario judicial, lo cual puede generar la violación al derecho fundamental del debido proceso.
En el análisis de lo ocurrido la Corte sostuvo que fue un “defecto de motivación” y una “vía de hecho”, no un simple error.
También recordó que no es admisible que bajo la excusa de una aparente eficiencia y necesidad de descongestionar el aparato jurisdiccional se admita la inclusión en las providencias judiciales de textos generados por la IA sin ningún tipo de control.





















