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La compra y venta de inmuebles resulta ser un buen modelo de negocio para muchas personas que desean invertir en bienes y raíces, que le permitirá sacar ingresos a largo plazo.

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Podrán los dueños de inmuebles arrendarlos por largos periodos de tiempo si por parte del arrendatario hay buen historial de pago.

Por esta situación específica surgen varias dudas por parte de los arrendadores, que de pronto por algunos rumores, no dejan al inquilino más de 10 años, pues existe un mito que después de ese tiempo, el inquilino puede quedarse con el inmueble.

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Sin embargo, esto queda en meros rumores, pues la misma ley como el Código Civil decreta que el contrato entre “dos partes que se obligan, recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado”.

Además, manifiesta que la única forma en que un ocupante pueda quedarse con el inmueble que arrienda, es presentando pruebas que es una posesión pública, que no se ha dado con violencia y ha ocupado el lugar durante 10 años.

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Pero, la mayoría de los arrendados firman un contrato de arrendamiento donde expresan que no son los dueños de la casa, y por el contrario pagan por estar ahí.

Los dueños tendrán a su favor las pruebas de pago mes a mes que hizo el inquilino por el inmueble. Por eso, tendrá que tener cuidado en tener un contrato verbal, pues ahí si pudiera estar en problemas para demostrar que fue así desde el principio.

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Deberá reunir pruebas de pagos y testigos para dejar el claro que la persona que vivía en el lugar, no era el dueño del inmueble.

Asimismo, la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá señaló que en el 2020, 17 millones de colombianos vivían en arriendo.