La Sala Plena de la Corte Constitucional informó este viernes que concedió la apertura del incidente de impacto fiscal presentado por el ministro de Hacienda respecto de la Sentencia C-489 de 2023, mediante la cual se declaró la inexequibilidad del aparte de la norma que prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.
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El alto tribunal, además, le otorgó al ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, el término de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación de este auto 003 de 2024, para que sustente el incidente de impacto fiscal. Aunque advierte que pasado dicho término sin que el incidente se sustente, se declarará desierto.
'En este caso se cumplieron los requisitos formales para acceder a la apertura del incidente de impacto fiscal y conceder así el mencionado término para su sustentación', se lee.
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Lo anterior debido a que la solicitud fue presentada de forma oportuna, la solicitud de apertura del incidente de impacto fiscal fue presentada por el ministro de Hacienda y Crédito Público, dado que el artículo 1 de la Ley 1695 de 2013 prevé que el incidente de impacto fiscal podrá ser presentado por uno de los ministros y ordena que, en todo caso, el ministro debe ser parte dentro del trámite, y porque el incidente se instauró contra una sentencia de constitucionalidad dictada por la Corte Constitucional.
A mediados de noviembre pasado la Corte resolvió la demanda presentada contra el artículo 19 (parcial) de la Ley 2277 de 2022, o reforma tributaria, declarando la inexequibilidad de la norma que prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.
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