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Mediante el decreto 1736 del 20 de octubre, firmado por el presidente Gustavo Petro y los ministros del Trabajo y de Hacienda Gloria Inés Ramírez y Ricardo Bonilla, se aprobó la extensión de incentivos a todas aquellas personas que generen nuevos empleos en el país.

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De acuerdo con un comunicado emitido por presidencia este miércoles, la iniciativa busca promover, generar y proteger los nuevos empleos con aportes directos a la nómica por la contratación de jóvenes, mujeres y hombres.

'Se entenderán por empleados, los trabajadores dependientes por los cuales el empleador haya cotizado el mes completo al Sistema General de Seguridad Social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA. Con un ingreso base de cotización, de al menos un salario mínimo legal mensual vigente y que estén afiliados como empleados del postulante en el Registro Único de Afiliación, RUAF y realicen aportes en todos los subsistemas que le correspondan', destaca el decreto.

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Los interesados que deseen aplicar a los incentivos económicos otorgados por el Ministerio del Trabajo, con la estrategia ‘Empleo para la Vida’ recibirán orientación para la postulación a través de este formulario.

El benefició será financiado con parte de los recursos destinados para el proyecto en el Presupuesto General de la Nación y estará supeditado a la disponibilidad con la que cuente el Gobierno.

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'Se podrá limitar el número de cotizantes a reconocer por empleador. Además, el incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales, se aplicará igualmente para aquellos empleadores que vinculen a personas en condición de discapacidad.', explicó la ministra de Trabajo en el documento.

Este incentivo mensual calculado sobre el SMLV representa:

  • Jóvenes entre 18 y 28 años, el 25 %: $290.000
  • Mujeres mayores de 28 años, el 15 %:$174.000
  • Hombres mayores de 28 años el 10 %: $116.000

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Los documentos requeridos para acceder al beneficio son:

  • Formulario de solicitud de la entidad financiera, firmado por empleador/a, representante legal. Aplica también para el caso de las cooperativas.
  • Certificación firmada por empleador/a, representante legal, contador/a o revisor fiscal, que indique estar al día en salarios y pagos de seguridad social de trabajadores.
  • RUT
  • Contrato laboral mínimo de 6 meses.

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