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El presidente Gustavo Petro firmó el decreto 444 de 2023, el cual tiene por objeto 'establecer el Plan de Austeridad que regirá para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia fiscal del 2023'.

{"titulo":"Gobierno emite medidas de austeridad para ahorrar más de $4 billones","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/gobierno-anuncio-medidas-para-ahorrar-mas-de-4-billones-939953"}

Con este documento, que se expide cada año, se pretende reducir gastos públicos en los presupuestos de cada entidad, de tal manera que no se afecte el funcionamiento de las mismas.

El primer punto del decreto indica que la planta de personal, estructura administrativa y personal 'solamente se podrá modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en los gastos de la entidad, lo cual requerirá previo concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Presidencia la República'.

{"titulo":"Pésimo mensaje de austeridad en el gobierno del cambio","enlace":"https://www.elheraldo.co/editoriales/editorial/el-editorial-pesimo-mensaje-de-austeridad-en-el-gobierno-del-cambio-943435"}

El documento también se refiere a las horas extras para funcionarios, ordenando a las entidades adelantar acciones que permitan racionalizar el reconocimiento y pago de estas, así como 'ajustarlas a las estrictamente necesarias'.

Sobres las vacaciones, dice que estas 'no deben ser acumuladas ni interrumpidas. Solo por necesidad del servicio previa disponibilidad presupuestal o retiro podrán ser compensadas en dinero'.

{"titulo":"Fiscalía imputará al hombre que amenazó de muerte al presidente Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/fiscalia-imputara-al-hombre-que-amenazo-de-muerte-al-presidente-gustavo-petro-991325"}

Asimismo, las entidades 'deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles'.

El plan de austeridad también ordena a las entidades promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, 'de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados'.

En el caso de los viajes aéreos nacionales e internacionales de servidores públicos, el decreto establece que estos deberán hacerse en clase económica o en la tarifa que no supere el costo de esta, salvo los debidamente justificados.

{"titulo":"UNGRD evacuará 2.500 familias por posible erupción del Nevado del Ruiz: Petro","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/unidad-de-gestion-del-riesgo-evacuaria-2-mil-familias-por-riesgo-de-erupcion-del-nevado-del"}

La excepción también aplica para 'aquellos casos en los cuales los Ministros de Despacho tengan por objeto promover y gestionar el financiamiento de la Nación, o que el vuelo tenga una duración de más de ocho horas'.

En caso de que el servidor haga parte de la comitiva que acompañe al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar a los mandatarios, no habrá lugar al pago de gastos de transporte.

{"titulo":"Producción de petróleo en el país aumentó 2,29 % durante febrero de 2023","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/produccion-de-petroleo-en-el-pais-aumento-229-durante-febrero-de-2023-991135"}

Las entidades también deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada que promocione la gestión del Gobierno nacional.

Igualmente, 'está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación. Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectúe el Dapre y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior)'.