Jorge Luis Alfonso López, hijo de Enilse López ‘la Gata’, sería facilitador de paz hasta el próximo 22 de marzo y no le quedan 13 días en tal encargo, como lo afirmó el pasado miércoles, al parecer erróneamente, el portavoz del Gobierno y ministro del Interior, Alfonso Prada, citando información reportada por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
{"titulo":"¿Quién miente? Así han sido los saltos de ‘el Gatico’ en la ‘paz total’","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/quien-miente-asi-han-sido-los-saltos-de-el-gatico-en-la-paz-total-976967"}
La Oficina del Alto Comisionado para la Paz, OACP, indicó que 'ha certificado que el señor López ha desempeñado durante 47 días esta labor desde su sitio de reclusión' y que para finalizar este encargo le quedaban 13 días.
No obstante, en la resolución de la OACP 075 del 22 de diciembre de 2022 se resuelve 'autorizar a Jorge Luis Alfonso López, identificado con la cédula de ciudadanía número 92.188.778, para que contribuya en la labor asignada al Alto Comisionado para la Paz de verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad real de sometimiento a la justicia de los grupos armados organizados'.
Por lo que, añade, 'la persona aquí autorizada, como facilitador adelantará las gestiones que guarden relación con lo establecido en el artículo primero de la presente Resolución, siguiendo las orientaciones y en coordinación con el Alto Comisionado para la Paz'.
Y concluye que 'la presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y tendrá vigencia hasta el 22 marzo de 2023'.
Por otro lado, el juez 5 de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla, Orlando José Petro Vanderbilt, habría emitido un documento el pasado 18 de enero, con copia a las partes y a la OACP, en el que afirma que la resolución 075 'requiere el levantamiento de las medidas restrictivas que pesan en su contra, para llevar a cabo la misión'.
{"titulo":"Fiscalía abre investigación al juez que otorgó libertad del hijo de ‘la gata’","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/fiscalia-abre-investigacion-en-contra-del-juez-que-ordeno-libertad-de-jorge-luis-alfonso"}
Entre tanto, la OACP publicó el pasado miércoles un abecé en el que indica que la figura de gestor o promotor de paz, mencionada en la Ley 975 de 2005 y en el Decreto 1175 de 2016 'se restringe a miembros de grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML) y la puede hacer únicamente el presidente de la República'.
Sigue: 'La labor de los gestores de paz es contribuir a gestionar e implementar acuerdos humanitarios durante la fase de diálogos con su respectivo GAOML. Por medio de esta figura se podrá solicitar a las autoridades judiciales competentes la suspensión de la medida de aseguramiento, de pena o solicitar la pena alternativa en contra miembros o ex miembros de grupos armados organizados al margen de la ley. Sin embargo, la designación no suspende o pone fin en ningún caso a los procesos judiciales y los gestores tendrán que responder a las autoridades competentes en caso de ser requeridos. La designación no se trata de una amnistía o un indulto. El Estado no asignará salarios a los gestores de paz, ni generará contratos laborales'.
Así mismo, sobre el 'facilitador o figura de 'autorización verificación de voluntad de paz'' se hace mención en el Decreto 601 de 2020, para la que 'el Alto Comisionado para la Paz puede autorizar a una persona para que contribuya a verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad real de sometimiento a la justicia de los Grupos Armados Organizados (GAO)'.
Además, indica que 'Las personas autorizadas como facilitadores adelantarán gestiones siguiendo las orientaciones y en coordinación con el Alto Comisionado para la Paz. La designación no suspende o pone fin en ningún caso a los procesos judiciales y los facilitadores tendrán que responder a las autoridades competentes en caso de ser requeridos. La designación no se trata de una amnistía o un indulto'.
Y, finalmente, sobre el vocero de paz se hace alusión en el inciso segundo del parágrafo 1, artículo 5 de la Ley 2272 de 2022, señalando que 'los voceros de paz son integrantes de organizaciones sociales y/o humanitarias que han manifestado a través de sus apoderados la voluntad de ejercer este rol, y que están siendo investigados y no han sido condenados en sus respectivos procesos'.
{"titulo":"'Jorge Luis Alfonso López es facilitador de paz desde su lugar de reclusión'","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/gobierno-dijo-que-la-liberacion-de-alias-el-gatico-jorge-luis-alfonso-lopez-fue-un-error"}
También se lee que 'Los voceros de paz tienen la misión de contribuir a desescalar la conflictividad social en el país, promover la reconciliación entre los colombianos y la convivencia pacífica en el marco de la Paz Total. La Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana, integrada por los ministros de Interior, Justicia y del Derecho, Defensa, el Director del Dapre y con la Secretaría Técnica del Alto Comisionado de Paz, evalúa casos de personas privadas de la libertad por hechos relacionados con la protesta social, para recomendarlos al presidente de la República, quien es el único con potestad de designar voceros de paz'.
Añade la disposición que 'una vez sean designados, los voceros de paz se comprometen, además de la declaración de su lugar de residencia, a comenzar una ruta de acompañamiento que incluye recibir atención psicosocial, rendir informes mensuales ante la OACP y certificar la realización de un diplomado virtual con la Universidad del Valle en Construcción de Paz y Gestión de Conflictos Sociales y Políticos. Los voceros de paz podrán trabajar o estudiar si así lo desean'.





















