La Corte Constitucional informó este jueves que declaró exequible el proyecto de ley que establece penas alternativas para madres cabeza de familia condenadas.
El alto tribunal determinó como infundadas las objeciones por inconstitucionalidad presentadas por el presidente Iván Duque y el Centro Democrático.
La sentencia revisó el vertiginoso aumento de la población femenina en las cárceles del país, concluye que del total de las mujeres condenadas en el país, 75 % eran madres cabeza de familia y 53,4 % habían sido condenadas por delitos menores en los que habían incurrido por sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad.
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El autor de la iniciativa, el exsenador Rodrigo Lara, explicó que el proyecto brinda a estas madres cabeza de familia penas alternativas que consisten en cumplir su condena mediante la prestación de servicios de utilidad pública en los municipios y localidades en los que están domiciliadas.
'Se trata de un enfoque restaurativo que permitirá cumplir el fin resocializador de la pena y evitará que los hijos de estas mujeres caigan en comportamientos como la drogadicción y la delincuencia, a los que son más susceptibles los niños y adolescentes que hoy tienen que vivir separados de sus madres', señaló.
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Y recordó que los requisitos para acceder a dichos beneficios son los de ser mujer madre cabeza de familia, no tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito, ser condenada a pena menor a los seis años, no haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la seguridad de su hijo y demostrar que las condiciones de comisión del delito estuvieron asociadas a condiciones de marginalidad y que cometieron delitos para la manutención del hogar.





















