Compartir:

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través de la a Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, resolvió un recurso interpuesto por la Procuraduría y decidió revocar la decisión que dispuso anular el fallo que expulsaría al exsenador Álvaro Ashton.

{"titulo":"Policías no podrán estar en diligencias de ‘Otoniel’: JEP","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/policias-no-podran-estar-en-diligencias-de-otoniel-jep-894084"}

El tribunal de paz señaló que la decisión se da mientras se revisan de fondo los aportes a la verdad que el excongresista, señalado de parapolítica, entregó a la jurisdicción.

'No se establecieron criterios razonados y objetivos, respecto de los cuales se reclamó al compareciente la insuficiencia de sus aportes de verdad', señaló la JEP este lunes al sustentar la decisión del revés.

No obstante, los magistrados establecieron un plazo de cinco días para que Ashton haga llegar las pruebas con los que demostraría que sus aportes llenan los requisitos exigidos por el tribunal de paz.

Es así como la JEP ordenó abrir un incidente de incumplimiento contra el exsenador, en el que se evaluará si lo sancionan de otra forma o si proceden con la expulsión.

{"titulo":"Policías no podrán estar en diligencias de ‘Otoniel’: JEP","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/policias-no-podran-estar-en-diligencias-de-otoniel-jep-894084"}

Recordemos que en octubre de 2021, la JEP revocó el sometimiento y la libertad transitoria, condicionada y anticipada del excongresista al considerar que sus aportes fueron 'insuficientes, vagos y sin fundamento'.

En ese momento, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, indicó las versiones no cumplieron con los presupuestos exigidos, tanto así que sus aceptaciones de responsabilidad y explicaciones suministradas a la JEP 'no superaron lo demostrado en su contra en la jurisdicción ordinaria, que es el umbral exigido en la justicia transicional'.