Un importante alivio para los conductores anunció en las últimas horas el Ministerio de Transporte, el cual tiene que ver con la obligación de portar en físico la licencia de conducción. Como es costumbre, si un policía de tránsito detiene un vehículo es obligatorio que el conductor entregue los documentos físicos y originales como licencia de conducción, SOAT y licencia de tránsito.
Sin embargo, a partir de ahora las autoridades de tránsito no podrán obligar a un conductor a portar los documentos en físicos porque estos pueden presentarse de manera digital. Este es el abecé de la medida.
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¿Qué hacer si sale sin la licencia de tránsito y/o de conducción en físico y en la vía lo requiere un agente de tránsito?
En este caso, el ciudadano podrá hacer la consulta de la licencia de conducción en línea y en tiempo real de la información que reposa en el Runt y deberá mostrar al agente de tránsito el mensaje de datos que arroja la búsqueda donde se evidencia que tiene vigente los documentos requeridos (licencia de tránsito y/o de conducción).
¿Cómo puede acceder al Runt para consultar las licencias?
El sistema del Registro Único Nacional de Tránsito-Runt cuenta con la opción para consulta de la ciudadanía, la cual puede realizarse a través de la página web https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo
La consulta se podrá realizar indicando el documento de identidad, placas del vehículo, número de VIN o número de Soat.
Allí encontrará los datos específicos sobre su licencia de conducción, licencia de tránsito, sus certificaciones y otros documentos relacionados con su información como conductor o propietario del vehículo registrado ante el Runt.
¿Qué sucede si se pierde la señal del móvil durante el viaje por carretera?
En el caso de ir viajando por carretera y perder la señal móvil, el Ministerio recomendó tomar medidas antes de iniciar su viaje, llevando consigo las licencias físicas.
Cabe resaltar que el conductor deberá presentar a las autoridades de control los documentos, ya sea en físico o de manera digital.
¿Cuál es la vigencia para las licencias de conducción?
Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tienen una vigencia de diez (10) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad, de cinco (5) años para personas entre sesenta (60) años y ochenta (80) años, y de un (1) año para mayores de ochenta (80) años de edad.
Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de tres (3) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad y de un (1) año para mayores de sesenta (60) años de edad.
Pasos para renovar la licencia de conducción
- Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mentales y de coordinación motriz para conducir.
- Pagar el valor de los exámenes.
- Al momento de cumplir la cita debe llevar consigo el documento de identidad original y contar con mínimo una (1) hora de disponibilidad.
- Al terminar este proceso la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.
- Agendar una cita previa en el organismo de tránsito de su ciudad o municipio para renovar su licencia de conducción.
- Pagar los valores estipulados.
- Es importante tener en cuenta que el usuario no debe contar con multas al tránsito, lo cual puede validarse en la plataforma virtual del SIMIT, en https://fcm.org.co/simit/#/home-public
¿Lo pueden multar si no renueva su licencia de conductor?
Sí. El conductor y/o propietario que conduzca un vehículo con la licencia de conducción vencida, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes ($238.696). Además, se aplicará retención preventiva mientras busca a otra persona durante el tiempo de 60 minutos para que conduzca el vehículo y no se realice la inmovilización.




















