El Gobierno nacional dio a conocer este jueves las nuevas medidas para una rápida reactivación económica, social y cultural del país. Dentro de los lineamientos está el aumento del aforo permitido para eventos públicos y privados.
Con estas medidas se benefician —de acuerdo el ministro de Salud, Fernando Ruiz, — lugares como iglesias, gimnasios, discotecas, organizadores de conciertos, eventos deportivos, entre otras actividades.
Este punto de la resolución—dijo el Gobierno— se realizará en tres ciclos que siempre van a depender de la ocupación uci y el avance en el proceso de vacunación de cada municipio o departamento.
El primer ciclo se contempla cuando el distrito o municipio alcanza una cobertura del 69% de vacunación de la población priorizada en la fase 1.
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En ese sentido, se podrán realizar eventos de carácter público o privado que incluyen conciertos, eventos masivos deportivos, discotecas y lugares de baile, siempre que la ocupación de las camas UCI del departamento al que pertenece el municipio sea igual o menor al 85%.
Asimismo, que se mantenga el distanciamiento físico de mínimo 1 metro y se respeta un aforo máximo del 25% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.
Si la ocupación de cama uci es mayor al 85% no se permitirán los eventos de carácter público o privado que superen las 50 personas, esta regla no aplica para congresos, ferias empresariales y centros comerciales, en consideración el manejo de los espacios.
En el ciclo 2 se podrá regir el municipio o distrito que alcanza una cobertura del 70% de vacunación contra la covid de la población priorizada en la fase 1. También podrá iniciar cuando el municipio alcance un índice de resiliencia epidemiológica que supere el 0,5 y finaliza cuando el territorio alcance un valor de 0,74.
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En este ciclo se podrán realizar eventos de carácter público o privado siempre que se mantenga el distanciamiento físico de 1 metro y se respete un aforo del 50% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.
Para el ciclo 3 se tiene en cuenta el municipio o distrito que alcanzó un índice de resiliencia epidemiológica municipal de 0,75.
Con este lineamiento se podrán realizar eventos de carácter público o privado siempre que se mantenga el distanciamiento físico 1 metro y se respete el aforo del 75% de la capacidad de la infraestructura donde se realiza el evento.
En todos los casos es indispensable seguir con las medidas de autocuidado y de bioseguridad en los lugares en donde se realiza el evento. Esto incluye, lavado de manos, tapabocas y distanciamiento.





















