El Heraldo
Dayana Jaimes y Martín Elías Díaz. tomado de Instagram
Cesar

“Lo único que pretendo es conocer la verdad”: viuda de Martín Elías

Dayana Jaimes se pronunció frente al proceso penal en contra del conductor Armando Quintero por la muerte de su esposo.   

Dayana Jaimes, viuda del cantante vallenato Martín Elías Díaz, dijo frente al caso por la muerte de su esposo, que “pese a las consecuentes afectaciones de carácter personal y emocional, el único fin que pretendo al interior del proceso penal es conocer la verdad de lo acontecido en la mañana del 14 de abril del 2017”. 

Señaló que “en ningún momento exigiré de parte de Armando Quintero (conductor de la camioneta), o de su familia, el pago de perjuicios”. 

Afirmó que entiende el carácter culposo del delito por el cual la Fiscalía General de la Nación imputó cargos Armando Quintero, razón por la cual señaló estar lejos de considerar que él hubiese querido acabar con la vida de Martín, y mucho menos, que Martín Elías quisiera morir. 

“Todos los accidentes con consecuencias fatales son investigados oficiosamente por el ente acusador, eso quiere decir que no fui yo quien decidió iniciar un proceso penal en contra de Armando Quintero, fue la Fiscalía General de la Nación, y es esa la razón por la cual mi hija y yo estamos presentes, porque somos víctimas del lamentable suceso”, puntualizó. 

En un comunicado Dayana  Jaimes sostuvo que “conocer la verdad de lo acontecido será un motivo de tranquilidad para mi familia, así como lo es para cualquier persona que haya perdido a un ser querido. Tengo toda la confianza puesta en manos de Dios y en los jueces de la República, quienes determinarán si existe, o no, responsabilidad. No seré yo la encargada de juzgarlo, nunca ha sido mi intención hacerlo”. 

El pronunciamiento lo hizo Jaimes, luego que la Fiscalía diera cuenta del informe que realizó Automotores Toyota Colombia S. A. S. (ATC), en el que se confirma que en el momento del accidente en el que murió Martín Elías, el conductor iba a 159 kilómetros por hora, y que en el momento del impacto la velocidad de la camioneta era de 116 kilómetros por hora; prueba que de acuerdo con el ente acusador avala el delito de homicidio culposo. 

 

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