Barranquilla

5 mil procesos por construcciones ilegales en 2020

En el 2020 se abrieron 5.200 procesos de construcciones ilegales, de los cuales se fallaron más de tres mil.

Algunas veces al ser propietarios de una vivienda parece fácil hacer modificaciones: poner balcones, rejas o hasta realizar ampliaciones; sin embargo, cuando estas modificaciones son realizadas en edificios o complejos residenciales podrían ser causal de multas, sanciones e incluso problemas legales, teniendo en cuenta que se realizan en un predio en el que se comparten áreas comunes con otros copropietarios. 

Esta es una problemática muy común en Barranquilla, pues por desconocimiento, en ocasiones, algunas personas suelen realizar modificaciones fuera del área de su propiedad sin saber que al hacerlo podrían estar afectando la estructura de todo el bien inmueble y de las viviendas de sus vecinos, consiguiendo así tener construcciones ilegales. 

Un ejemplo claro de esto se vive en el sector de ‘Los Bloques’ de la Ciudadela 20 de Julio, pues desde hace varios años los propietarios de los apartamentos comenzaron a realizar modificaciones, afectando no solo la fachada de las torres, sino también la estructura de las mismas. 

EL HERALDO realizó un recorrido por esta zona de Barranquilla y pudo evidenciar que hay un total de 197 torres intervenidas de las 199 que tiene el complejo residencial, es decir, el 98,9% de las torres de los bloques tienen modificaciones que no están sujetas a la actual reglamentación. 

Ciudadanos que residen en inmediaciones del lugar afirman que pese a que algunos vecinos se han opuesto a que se sigan realizando este tipo de modificaciones no ha sido posible detener las obras.

“Estas construcciones han llegado a afectar a otras viviendas pues en muchas ocasiones toman parte del espacio que tienen los copropietarios para entrar o salir. Han tomado parte de las terrazas y hasta de los patios”, dijo un hombre que prefirió reservar su identidad. 

Al llegar al sitio se pueden observar negocios como tiendas, panaderías, misceláneas, entre otros comercios que han adelantado construcciones ilegales.

El artículo 210 del reglamento de los bloques de la Ciudadela establece que “se prohíbe a los propietarios obstruir en cualquier forma las puertas, vestíbulos, corredores, escaleras, pasadizos y demás elementos que sirvan para dificultar el acceso, la permanencia o el paso a los otros”. 

¿De quién es la responsabilidad?

En el caso de que una persona realice una modificación en la propiedad horizontal sin contar con la autorización podrá ser multado.

Así lo aseguró Silvia Padilla, presidenta de la Lonja de Propiedad Horizontal, quien explicó que para poder adelantar cualquier cambio es necesario contar con la aprobación de la asamblea de copropietarios o reformar el reglamento. Para este proceso se debe contar con los permisos urbanísticos de los curadores. En caso de no cumplir con alguno de esos puntos también se podría proceder a la suspensión de la obra. 

Indicó que en caso tal se generen daños o errores estructurales a la edificación, el copropietario que lo causó podría verse obligado a responderles a todos los demás copropietarios por los daños y los perjuicios patrimoniales a la estructura del edificio.

Sostuvo que los daños en edificios o complejos residenciales se cuantifican en un alto valor. 

“Con esto pueden poner en riesgo su propio patrimonio. Hay gente que construye en los patios, que construye en los retiros laterales. Esto podría acarrear una multa muy grande, inclusive la demolición de lo que esté construyendo”, afirmó Padilla. 

Es necesario que los propietarios que viven en propiedad horizontal se asesoren bien antes de iniciar una obra.
Construcción ilegal en el bloque 148.

Lo que debe saber

La presidenta de la Lonja de Propiedad Horizontal también precisó que todo propietario de un inmueble en propiedad horizontal tiene delimitada su propiedad para aprovechamiento de uso exclusivo y su independencia debe ser respetada; sin embargo, aclaró que cualquier persona que compre propiedad horizontal tiene que entender que tiene un grupo de obligaciones específicas sometidas a un régimen que es un reglamento de propiedad horizontal y que no puede extralimitarse en sus funciones como propietario individual. 

Según Padilla, cuando se expone la estabilidad, la existencia, la conservación, la seguridad, el uso y el goce de un área común que es de toda una copropiedad, se incurre en un abuso y en daño en bien ajeno y se podría incluso estar incurriendo en un delito. 

“Es necesario que los propietarios que viven en propiedad horizontal se asesoren bien antes de iniciar una obra”, agregó la presidenta de la Lonja de Propiedad Horizontal del Atlántico.

Dicho esto, el uso del suelo o la destinación de la propiedad horizontal, si es residencial, no pueden ser alterados. Urbanísticamente toda modificación o todo cambio en el reglamento de propiedad horizontal requiere permiso del curador porque es un cambio de la memoria descriptiva (documento técnico del proyecto), es un cambio de la constitución de ese régimen de propiedad horizontal y al ser modificado requiere una reforma en el reglamento, que debe ser registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

Las cifras

Las estadísticas del Distrito reportan que las localidades donde se han presentado mayor cantidad de casos de construcciones sin licencia son Suroccidente y Norte-Centro Histórico. Además, explicó que en el año 2020 se abrieron 5.200 procesos de construcciones ilegales, de los cuales se fallaron más de 3.000.

Para tener en cuenta

¿Qué debe hacer una persona que quiere reportar?

Para reportar una construcción que se presuma ilegal, la persona debe enviar un correo a la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público, quienes efectuarán vigilancia y control sobre tales construcciones. El reporte se puede realizar a través de las redes sociales oficiales del Distrito o al correo atencionalciudadano@barranquilla.gov.co Una vez radicadas son atendidas por el equipo técnico adscrito a la oficina.

¿Qué sanciones se les impone a las personas que construyan sin autorización?

Según la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público, quien incurra en cualquiera de las infracciones urbanísticas se le impondrá multa por metro cuadrado de construcción dependiendo del estrato en que se encuentre ubicado el inmueble. Por ejemplo, en estratos 1 y 2, de 5 a 12 SMLMV; estratos 3 y 4, de 8 a 20 SMLMV; y estratos 5 y 6, de 15 a 25 SMLMV.

¿Qué serie de pasos debe seguir una persona que desee hacer una construcción, para que esta no sea considerada ilegal

Para realizar una obra debe contarse primeramente con una licencia de construcción, para cuya obtención se debe acudir a la Curaduría Urbana de su preferencia cumpliendo con los requisitos para la modalidad solicitada: obra nueva, ampliación, adecuación, restauración, reforzamiento, demolición o cerramiento.

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